Boletines/Vicente López

Decreto Nº268/19

Decreto Nº 268/19

Vicente López, 11/01/2019

EXPEDIENTE Nº 4119-3072/2014 y sus cuerpos agregados (I al VI)

Visto

El expediente reseñado en el epígrafe, por el cual tramita la Licitación Pública Nº 39 destinada a la concesión para el Mantenimiento, Reposición y Explotación Comercial Publicitaria de Pantallas Luminosas, Refugios y Postes de Señalización de Paradas de colectivos en la vía Pública Municipal y,

Considerando

Que dicho llamado a licitación encontró fundamento en la autorización conferida a este Departamento Ejecutivo por Ordenanza Nº 33313 cuya copia luce agregada a fs. 42 del Expediente 4119-3072/2014, promulgada por decreto Nº 2484 de fecha 14/07/2014 de fs. 76 y modificado por Decreto 2904/14 de fs. 113/114.
Que por Decreto 3183 obrante a fs. 120, se dispuso el llamado respectivo.
Que por Decreto 4530/14 se adjudicó a la firma "Grupo Al Sur S.A." la Licitación Pública Nº 39.
Que según expresa el Punto 1.1.1 del Pliego de Especificaciones Legales, el Departartamento Ejecutivo establecerá los valores anualmente del canon, los cuales no podrán incrementarse porcentualmente por encima del incremento que haya experimentado el año anterior el sueldo mínimo del empleado municipal de planta permanente servicio operativo IV de 30 horas.
Que la Autoridad de Aplicación mediante informe obrante a fs. 1162 y conforme a la exigencia establecida en la Cláusula Quinta del Contrato de Concesión de fecha 02/12/2014, establece como canon para el Quinto año de concesión la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 773.556) por PERIODO TRIMESTRAL, equivalente a PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($ 3.094.224) ANUAL.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en aso de sus atribuciones,


DECRETA:

ARTICULO 1°.- APRUÉBENSE los montos propuestos para el Quinto Año de Concesión conforme lo establecido en el informe obrante a fs. 1162 del Expediente 4119-3072/2014, siendo la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 773.556) por PERIODO TRIMESTRAL, equivalente a PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($ 3.094.224) ANUALES.

ARTICULO 2°.- Procédase por la Secretaria de Fiscalización y Control a la confección de la Addenda pertinente.

ARTICULO 3°.- Refrenden el presente Decreto los Sres. Secretario de Fiscalización y Control y el Secretario de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 4°.- Tomen conocimiento las Secretarías de Gobierno y Legal y Técnica (Subsecretaria Legal y Técnica), Secretaría de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, Dirección General de Tesorería), Secretaría de Ingresos Públicos (Dirección de Atención Tributaria), Secretaria de Fiscalización y Control (Dirección General de Control de Espacios Públicos).

ARTICULO 5°.- Notifíquese lo resuelto a la Concesionaria en el Domicilio Constituido.

ARTICULO 6°.- Dése al Registro Municipal de decretos, asígnese número, hágase saber, cúmplase y oportunamente archívese.

Fdo: Enrich- López Presa- Alvarez