Boletines/Chascomús
Resolución Nº 07/18
Chascomús, 29/01/2018
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-130092/M caratulado “Solicitud de Beneficio Ordenanza 2455/93, modificada por Ordenanza 4761/14”, y la Resolución Nº 214/17, y
Considerando
Que mediante la Resolución Nº 214/17 de fecha 11 de Diciembre de 2017, se concedieron los beneficios establecidos en el Art. 3º de la Ordenanza 4761/14 a la Sra. Moliné LILIA DNI Nº 12.547.219, por el ejercicio fiscal 2017, por el alojamiento turístico “Appart Las Retamas” de Chascomús”;
Que el mismo beneficio se había concedido en el año 2015.-
Que por un error involuntario se omitió consignar el ejercicio 2016;
Que el art. 115° de la Ordenanza General 267 establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos;
Que es necesario dictar la correspondiente Resolución de Fe de Erratas;
Por ello, el Señor Secretario de Hacienda que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Conceder los beneficios establecidos en el Art. 3º de la Ordenanza 4761/14 a la Sra. Moliné LILIA DNI Nº 12.547.219, por el Ejercicio Fiscal 2016, por el alojamiento turístico “Appart Las Retamas” de Chascomús”.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Contaduría, Ingresos Públicos, peticionante y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- De forma.-