Boletines/Chascomús

Decreto Nº1167/18

Decreto Nº 1167/18

Chascomús, 28/12/2018

EXIMICIÓN

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-133431/C caratulado “Solicitud eximición de deuda partida: 22969” iniciado por el Centro de Diagnóstico e Investigaciones Veterinarias, y

Considerando

Que el organismo peticionante, a fs. 6, solicita la exención del pago de tasas e impuestos municipales, respecto del Inmueble Partida Nº 22969, de acuerdo a lo prescripto en los artículos 74 y 75 de la Ordenanza Fiscal vigente en el período 2018, argumentando que resulta ser un Instituto dependiente de la Universidad Nacional de la Plata.

Que de acuerdo al informe de deuda adjuntado a fs. 7/8, se determina que el solicitante posee una deuda en concepto de tasa por ABL y SANITARIO, desde la cuota 1 del año 2.013 hasta la cuota 1 del año 2.018.

Que conforme lo prescripto por el artículo 75 de la Ordenanza Fiscal del año 2.018, establece que podrá eximirse del pago de la Tasa por Servicios Generales, Tasa por Servicios Sanitarios, Tasa por Servicios Vinculados a Edificaciones y Obras, Derechos de Oficina, Derechos por Publicidad y Propaganda y Tasa por Servicios de Salud, a las Entidades con las condiciones y alcances que se fijan en el presente, incluyendo en su inciso “C”, a los Establecimientos educacionales reconocidos oficialmente.                                                                             

Que el Centro de Diagnóstico e Investigaciones Veterinarias (CEDIVE), es un órgano dependiente de la Facultad de Ciencias Veterinarias, que forma parte de la Universidad Nacional de La Plata y, por lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 22.207, Las Universidades Nacionales son personas jurídicas de carácter público que gozan de autonomía académica y autarquía administrativa, económico y financiera, quedando incluido de este modo dentro de los establecimientos educaciones con reconocimiento oficial, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 75 inciso “C” de la Ordenanza Fiscal.

Que la Asesoría Letrada emitió dictamen favorable respecto al otorgamiento de la eximición peticionada del año 2.018, por aplicación del artículo 75 inciso “C” de la Ordenanza Fiscal Vigente.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones            

                                         DECRETA

ARTICULO 1º.-  Exímase en los términos del art. 75 inciso “C” de la Ordenanza Fiscal Vigente, en un 100% la Tasa por Servicio Generales y Sanitarios, del año 2.018, respecto del inmueble Partida Nº 22969, de titularidad del Centro de Diagnóstico e Investigaciones Veterinarias, dependiente de la Universidad nacional de La Plata, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Deberá cancelarse la deuda registrada respecto a la Partida Nº 22.969 desde 1/2013 a 6/2017 en los términos del art. 76º de la Ordenanza Fiscal Vigente.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Cómputos, Contaduría, a ARBA Municipal, peticionante y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.-

ARTICULO .- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-