Boletines/Chascomús

Decreto Nº1165/18

Decreto Nº 1165/18

Chascomús, 27/12/2018

DESESTIMAR OFERTAS RECIBIDAS EN EL CONCURSO DE PRECIOS Nº 111/18

Visto

El Concurso de Precios Nº 111/18 tramitado por Expediente Administrativo Nº 4030-140392/M para la “Compra de luminaria para remodelación en centro comercial”, y

Considerando

Que a tal efecto fueron convocados distintos proveedores.

Que se llevó a cabo la apertura con fecha 13 de Diciembre de 2018 a las 10.00 horas, habiéndose presentado Tres (3) oferentes realizando las siguientes cotizaciones:

  1. Electro Brown de Bonavita Ana Laura con una oferta de PESOS UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 13/100 ($1.135.649,13) no especifica forma de pago;
  2. Bonora Electricidad de Cesar Bonora con una oferta de PESOS CUATROCIENTOS MIL CINCUENTA ($400.050,00) pago 30 días fecha de factura,
  3. Ylum S.A con una oferta de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($420.480,00) forma de pago 30 días 3 % de descuento. 8 días fecha de factura con cheque de pago diferido 30 y 60 días.

Que la Comisión de Adjudicaciones con el informe del Director de Instalaciones eléctricas quien manifiesta que ninguna de las ofertas satisface las necesidades del proyecto, aconseja al Señor Intendente Municipal desestimar las ofertas.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo a los fines de desestimar las ofertas recibidas por no reunir ninguna de ellas la totalidad de los requerimientos que el proyecto necesita.

 

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones            

                                            DECRETA

ARTICULO 1º.-  Desestímense las ofertas recibidas en el Concurso de Precios Nº 111/18 para la “Compra de luminaria para remodelación y puesta en valor centro comercial” por no reunir ninguna de ellas la totalidad de los requerimientos que el proyecto necesita.-

ARTICULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Servicios Públicos, Compras y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.-

ARTICULO .- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-