Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1111/18
Chascomús, 11/12/2018
SUBSIDIO CONSEJO ESCOLAR
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-140138/E, y
Considerando
Que a fs. 1º la Sra. Directora de Escuela de Educación Primaria Nº 26 “Martin M. de Güemes” del distrito de Chascomús, solicita ayuda económica para afrontar gastos de movilidad, a los fines de realizar un viaje educativo.
Que el traslado sería de ida y vuelta desde la ciudad de Chascomús a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 16/12/2018.
Que el motivo del viaje es la visita de salida educativa al planetario de dicha ciudad y espacios urbanos de patrimonio histórico de nuestro país ubicados en CABA.
Que de acuerdo a la nota remitida por la Sra. Directora de la Institución, se solicita un monto total de PESOS QUINCE MIL SEISCIENTOS ($15.600), para cubrir los costos de traslado.
Que el Fondo de Financiamiento Educativo, creado por Ley Nacional 26.075, y girado a los municipios según índices de coparticipación, está destinado a cubrir gastos ligados a la finalidad y función de educación.
Que, según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas, los mencionados recursos deben ser utilizados en concordancia con los objetivos educativos previstos en la referida Ley, incluyendo la construcción y/o mantenimiento de infraestructura, generación de programas de capacitación y apoyo pedagógico a fin de mejorar la calidad educativa, adquisición y/o mantenimiento de equipamiento escolar u otra finalidad educativa.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórguese subsidio al Consejo Escolar de Chascomús por un monto de PESOS QUINCE MIL SEISCIENTOS ($15.600), para cubrir los costos de traslado, de acuerdo a las consideraciones que se establecen en el exordio y actuaciones que obran en expediente Nº 4030-140138/E.-
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º impútese a la Jurisdicción 1110113000 Categoría Programática 36.01.00 Act. Central Serv. Educativos, Partida 5.3.6.0 Transferencia a entes de Gobiernos Provinciales, Fuente de Financiamiento 132 – Origen Provincial Afectado, a financiarse con el rubro 1141300 - Fondo Educativo.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Contaduría, Tesorería, Consejo Escolar y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo Social y el Señor Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-