Boletines/Chascomús

Decreto Nº1108/18

Decreto Nº 1108/18

Chascomús, 07/12/2018

BAJA POR JUBILACION

Visto

El inicio del trámite de Jubilación por parte del agente BORDACHAR Rubén Pedro, D.N.I Nº 12.914.917; y

Considerando

Que el agente se desempeña en el Hogar de ancianos municipal.

Que se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.

Que corresponde proceder a dar la baja de la agente a partir del 31 de Diciembre de 2018.

Que conforme lo dispuesto por la legislación se le abonará Anticipo Jubilatorio como adelanto de su jubilación, de la que será deducida al liquidarse ésta última.

Que asimismo corresponde abonarle retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años.                             

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones             

                                                                              DECRETA

ARTICULO 1º.- Dése de baja al agente BORDACHAR Rubén Pedro, D.N.I Nº: 12.914.917 a partir del 31/12/2018 quien se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria.-

ARTICULO 2º.- Abónese Anticipo Jubilatorio de PESOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES ($22.233) a partir del 01/01/2019, importes que serán descontados al liquidarse su jubilación; y retribución especial por haber prestado servicios por más de 30 años de PESOS CIENTO CATORCE MIL CATORCE CON 46/100 ($ 114.014,46).-

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 32.01.00, Partida de Gasto 6.2.1.1, Anticipo jubilatorio; y Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 32.01.00, Partida de gasto 1.6.0.0 Retribución Especial.

ARTICULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Recursos Humanos, Liquidaciones, Oficina de Jubilaciones, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Social, agente, y Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-

ARTICULO .- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-