Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 701
Exaltación de la Cruz, 27/07/2018
Visto
El Expediente Administrativo N° 4036-41103/18, iniciado por YU HUALAN, por ante AREX (Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz) y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y;
Considerando
Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad de PARADA ROBLES, Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio de MINIMERCADO;
Que a fs. Obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es APTA para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto presente;
Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro; CENTRO COMERCIAL TIPO II: “MINIMERCADO”, para el comercio ubicado en la localidad de ARROYO DE LA CRUZ, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción III, Sección M, Qta/Cha: --, Manzana 47, Parcela 21;
Que de acuerdo a lo informado por AREX (Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz), corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de TREINTA Y SEIS (36) MESES, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
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Artículo 1º |
Concédase Habilitación Municipal por el término de TREINTA Y SEIS (36) MESES, a favor de YU HUALAN. – CUIT N° 27-95731979-9 en el Rubro: CENTRO COMERCIAL TIPO II; “MINIMERCADO”, a partir del día 01 DE ABRIL DE 2018, a la propiedad ubicada en la localidad de PARADA ROBLES, según Expediente Administrativo N° 4036-2987, venciendo la misma el día 20 DE NOVIEMBRE DE 2020.- |
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Artículo 2º |
La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- |
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Artículo 3º |
Autorízase al Señor Subsecretario AREX (Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz) a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra registrado bajo el N° 031-999/18, con la leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACION”.- |
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Artículo 4° |
El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Gobierno.- |
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Artículo 5º |
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.- |