Boletines/Saladillo
Decreto Nº 962/18
Saladillo, 03/05/2018
Visto
el expediente n° 3465/I72018, mediante el cual Intendente Municipal, Ing. José Luis Salomón, inicia expediente solicitando datos técnicos, cómputo y presupuesto para llevar a cabo la obra de suministro de energía para el proyecto de subdivisión;
Considerando
que la subdivisión es respecto a dos macizos de tierra identificados con la siguiente Circ. I, Sec. G, Ch. 165, Fr. II, Parc. 2a y Circ. I, Sec. G, Ch. 166, Parc.14a, y
QUE de acuerdo al presupuesto agregado a fs. 3/5 la obra asciende a pesos cinco millones seiscientos sesenta y un mil seiscientos ($ 5.661.600.-);
QUE, tal subdivisión, se enmarca dentro del Convenio de Financiamiento para Infraestructura de Redes Públicas Domiciliarias e Intradomiciliarias de Servicios Básicos - Ley Nº 14.449 Acceso Justo al Hábitat suscripto con la Subsecretaria de Tierras de la Provincia de Buenos Aires, para lo cual se otorgó al Municipio, a efectos de poder llevarlo a cabo, la cantidad de pesos diecisiete millones seiscientos mil ($ 17.600.000,00);
QUE, la prestación del servicio público de energía eléctrica en nuestra ciudad está concesionado, siendo la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda. la parte concesionaria en la relación contractual con el municipio; y
QUE, la prestación de dicho servicio reviste la condición de monopolio, por ende, la obra solo puede ser ejecutada por la Cooperativa mencionada;
QUE, el Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) en su artículo 156 inc. 1º autoriza la contratación directa cuando se trate de artículos de venta exclusiva;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Autorizar la Oficina de Compras a contratar en forma directa, conforme a lo establecido por el artículo 156 inc. 1º del Decreto Ley 6769/58- Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires-, con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, la ejecución de la obra de suministro de energía eléctrica para Proyecto de Subdivisión en Saladillo Norte, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circ. I, Sec. G, Ch. 165, Fr. II, Parc. 2a y Circ. I, Sec. G, Ch. 166, Parc. 14a.
ARTÍCULO 2: El gasto deberá imputarse a la Partida Promeba Saladillo Norte.
ARTÍCULO 3: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 962/2018