Boletines/Chascomús

Decreto Nº1074/18

Decreto Nº 1074/18

Chascomús, 30/11/2018

SUMARIO ADMINISTRATIVO

Visto

El informe elevado por el Señor Eduardo Juan Gómez, Director Seguridad Urbana, y

Considerando

Que el Señor Gómez informa a fs. 21 el día 19 de Noviembre el Señor José Antonio Moreta, Sereno del Depósito de Secuestros Municipal ubicado en  la calle Juan Manuel de Rosas numeral 973 pone en conocimiento del Señor Jefe de Turno de la Central de Monitoreo Claudio Alvarez de la ruptura de los vidrios de varios vehículos incautados quedando asentado lo expuesto en el libro de novedades del servicio, el cual luce en copia a fs. 15.

Que enterado de los acontecimientos, por parte del mismo Moreta, el día 20 de Noviembre el Señor Gómez conjuntamente con personal de las distintas áreas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana se aboca a la investigación de los sucesos denunciados.

Que dentro de las medidas que dispone le solicita a la Señora Jefe de Turno de la Sala de Monitoreo, Eileen Esperatti si puede revisar las cámaras de seguridad correspondientes a los días 17, 18 y 19 de Noviembre, ordenando a su vez  a la Jefa de turno Claudia Ciale que realice una inspección de los rodados que se encuentran en el depósito.

Que recepcionados los informes pudo establecer que se encontraron 13 vehículos con distintas rupturas de vidrios laterales e impactos de piedra en parabrisas, resultando los mismos recientes por las características de los restos y de residuos encontrados en la zonas de impacto y que las piedras son de la misma características o similares a las que hay en el piso del Depósito. Que los vidrios de los vehículos tienen que haber sido averiados desde el interior del predio, ya que las calles cercanas están alejadas para evitar el accionar vandálico.

Que así mismo inspecciona las cámaras de seguridad observando que siendo aproximadamente las 21:00 horas del día 17 de noviembre, estando a cargo del Depósito como sereno el Señor Carlos Anibal Ciafardini se sienta en la escalera de la casilla de custodia y comienza a juntar aparentemente piedras del lugar y comienza a accionar un sistema de honda hacia los vehículos secuestrados en su custodia. Que cuando direcciona la honda hacia uno de los vehículos incautados, uno de los proyectiles impacta en un vidrio lateral del vehículo marca Volkswagen, modelo Polo, dominio CKO 145 de color gris produciendo la ruptura y caída del mismo.

Que a fs. 17 obra informe confeccionado por la Señora Eileen Esperatti, quien detalladamente ilustra sobre las filmaciones aludidas por el Señor Gómez. Es así que relata que visualizadas las cámaras internas del depósito ubicado en calle Juan Manuel de Rosas correspondientes al día 17 de noviembre, se ve al Señor sereno Ciafardini sacar una gomera y empezar a arrojar piedras a los automóviles secuestrados logrando con su accionar romper los vidrios de los autos. Que a las 21:02 se visualiza que rompe la ventanilla del lado del conductor de un vehículo marca Volkswagen, modelo Polo, 21:35 se visualiza que sale de la casilla, se agacha recoge piedras y siendo las 21:39 por otra cámara que se producen roturas de vidrios de la ventanillas de la puerta delantera derecha y luego de unos segundos estalla la ventanilla trasera derecha.

Que observado las filmaciones obrantes en formato CD a fs. 22 la mismas resultan concordantes con los informes aludidos con anterioridad.

Que el Señor Gómez informa a fs. 18 que los automóviles dañados resultan ser:

Renault 11, color gris, dominio WPZ034, ventanillas izquierdas delantera y trasera estalladas.

Fiat 147, color crema, dominio RPJ344, parabrisas estallado.

Volkswagen Polo, color gris oscuro, dominio CKO145, ventanilla izquierda estallada.

Volkswagen Gold Trend, color rojo, dominio AB215ZS, parabrisas con impacto.

Ford Escort, color blanco, dominio SLQ707, parabrisas con impacto.-

Fiat Uno, color rojo, dominio SEM480, ventanilla derecha trasera con impacto.

Ford Fiesta, color blanco, dominio AVN122, ventanilla izquierda delantera con impacto.

Fiat Uno, color negro, dominio ASB285, parabrisas y capot con dos impactos.

Ford K, color bordo, dominio CER356, parabrisas con impacto.

Fiat Duna, color gris, dominio VHZ248, luneta con impacto.

Chevrolet Corsa, color gris, dominio GUF510, parabrisas delantero con impacto.

Renault Laguna, color gris, dominio BXV897, parabrisas con impacto.

Nissan, color verde, dominio CWE264, parabrisas con impacto.-

Que a fs. 2/13 lucen copias sobre placas fotográficas que acreditan los daños detallados precedentemente.

Que de probarse los hechos denunciados, la conducta del Señor Carlos Anibal Ciafardini resultaría contraria a lo normado por el artículo 103 a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal en relación con el art. 107º inc. 3 Inconducta Notoria; inc. 4 Incumplimiento de las obligaciones determinadas del trabajador e inc. 10 Falta grave que perjudique materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma Ley 14.656

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones             

                                           DECRETA

ARTICULO 1º.- Iníciese sumario administrativo al Señor Carlos Anibal Ciafardini, por haber incumplido con lo normado en el artículo 103º inc. a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal en relación con el art. 107º inc. 3 Inconducta Notoria; inc. 4 Incumplimiento de las obligaciones determinadas del trabajador e inc. 10 Falta grave que perjudique materialmente a la Administración Municipal o que afecte el prestigio de la misma Ley 14.656 de conformidad a los hechos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º.-. Desígnese como Instructores  sumariantes del presente a  los Dres. María Soledad Vallejo y/o Germán Alexis Altamirano y/o Martín Prat.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana, Dirección de Recursos Humanos, Junta de Calificación, Ascenso y Disciplina, Dirección de Asuntos Legales,  agente y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-

ARTICULO .- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y  archívese.-