Boletines/Chascomús

Decreto Nº1014/18

Decreto Nº 1014/18

Chascomús, 09/11/2018

SOLICITUD CAMBIO DE CONTRIBUYENTE

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-138136/M; sobre “Solicitud de cambio de contribuyente: Cir: XI, Secc: M; Mz: 29, Pc: 8” iniciado por la señora Ana María Fullone; y

Considerando

Que a fs. 1/21, se presenta la señora Ana María Fullone, solicitando el cambio de contribuyente del inmueble identificado catastralmente como: Circ: XI, Sec: M; Manzana: 29, Parcela: 8, partida inmobiliaria Nº 30.161, la cual figura actualmente a nombre del señor Cimino Sergio Walter Fabián.-

En resguardo de su petición, acompaña a fs. 4/13, copia simple de la escritura traslativa de dominio, donde se acredita la venta del citado inmueble por parte de la sociedad LA AURORA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, hacia LOMAS ALTAS S.A.C.I.F.I y.A y esta última, a favor de Adriana Carolina Fullone y de Ana María Fullone (actuando la primera en representación de esta última). Se encuentra además acompañado a fs. 14/15, constancia de registración de asiento emitida por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, respecto de la mencionada escritura.-

Que por otra parte, obra a fs 28/29, boleto de compraventa entre Lomas Altas y el señor Rossi Juan Carlos, adquiriendo tres lotes identificados como 8, 9 y 10, siendo el lote 8 el requerido por la señora Fullone. Asimismo, obran a fs 30/44, Cesión de boleto de compraventa entre el señor Rossi y el Sr Juan Franciso Segui (del año 2.010); Cesión de boleto de compraventa entre el señor Juan Francisco Segui y el señor Granados Pallo Horacio Santiago (Julio del año 2.017) y Contrato de Pro cesión de Boleto de Compraventa entre el señor Granados y el señor Segio Walter Fabián Cimino (Septiembre del año 2.017), quien figura actualmente en los registros municipales como contribuyente.-

Que del análisis de lo dicho al momento, puede verificarse con claridad la existencia de dos compraventas aparentemente realizadas por dos personas diferentes (véase  la señora  Ana María Fullone y el señor Rossi Juan Carlos) con la sociedad Lomas Altas SACIFI, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Cicunscripción XI; Sección: M; Manzana: 29, Parcela: 8; De allí que, sin entrar en demasiadas dilaciones, existiría una duplicidad de ventas de las cuales, de acuerdo a la documentación aportada por la señora Fullone, la realizada por la mencionada resultaría ser legítima, ya que encontramos no solo la respectiva escritura traslativa de dominio, sino también la correspondiente inscripción en el Registro de la Propiedad inmueble, lo que, conforme prescribe nuestro Código Civil y Comercial, estamos en presencia de un verdadero derecho de propiedad sobre un inmueble.

Sin perjuicio de las diversas cesiones de derechos entre el señor Rossi, hasta llegar al señor Cimino, las mismas no tienen sustento registral alguno, por lo que la señora Fullone se encuentra en una situación de mayor derecho, respecto de detentar la calidad de contribuyente de las Tasas Municipales, conforme lo prescripto por el artículo 1 de la Ordenanza Nº 4509/2012, el cual prescribe: “Para efectuar el cambio de contribuyente fiscal en los registros municipales, sólo se podrá efectuar contra la presentación de la documentación que acredite el cambio de titularidad dominial debidamente inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-“

Que por lo expuesto, deberá procederse a efectuar el cambio de contribuyente actual que figure en los registros municipales, como consecuencia de acreditar la señora Fullone la titularidad registral que exige la normativa descripta ut supra.- 

Que la Dirección de Asuntos Legales emitió dictamen favorable respecto al pedido de cambio de contribuyente, como consecuencia de la contundencia probatoria de la documentación aportada por la señora Fullone.-                    

 

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones              

                                                           DECRETA

ARTICULO 1º.- Procédase a efectuar el de contribuyente solicitado a favor de las señoras Adriana Carolina Fullone, DNI Nº: 13.025.664, CUIL Nº: 27-13025664-9 y de Ana María Fullone, DNI Nº: 14.371.127, CUIL Nº: 27-14371127-2, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circ: XI, Sec: M; Manzana: 29, Parcela: 8, Partida Inmobiliaria Nº 30.161, por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Que conforme lo dispuesto por el artículo 12º, 12º Bis, 13º  14º de la Ordenanza Nº 5205/2018, intímese a las señoras Adriana Carolina Fullone y Ana María Fullone  a constituir domicilio fiscal en el radio del partido de Chascomús, domicilio fiscal electrónico.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaria de Privada, Catastro, Subsecretaría de Tierras y Urbanismo, Peticionantes y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-