Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº586

Decreto Nº 586

Exaltación de la Cruz, 27/06/2018

Visto

La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza de Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2018, N° 2.464/2017, Promulgada por Decreto Nº 001 de fecha 03 de Enero de 2018, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, el Decreto N° 1117 de fecha 21 de Septiembre de 2017, y;

Considerando

Que por la mencionada Ordenanza en el Visto del presente, en su Artículo  Nº 14 se aprueba una nueva Escala Salarial para el Personal Municipal, autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones a la misma como consecuencia de futuros aumentos salariales;

Que con el incremento en los Sueldos Básicos y la dieta de los Señores Concejales, por  interés propio el Señor Intendente Municipal expresa que se reduzca en un cincuenta por ciento (50 %)  sus gastos de Representación;

Que repercutirá en beneficio de los Jubilados y Pensionados Municipales, por tratarse de una Caja Previsional móvil, representada en este caso por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo;

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1º

Apruébese la nueva Escala Salarial, autorizada por el Artículo 14 de la ORDENANZA de PRESUPUESTO GENERAL de GASTOS de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, para el EJERCICIO 2018 Nº 2.464/2017, promulgada por Decreto Nº  001 de fecha 03 de Enero de 2018, la  que comenzará a regir a partir del día 01 de Junio del corriente año, según los Anexos I, II, III, presente Decreto.-

 

 

Artículo 2º:         

Modificase el valor de los gastos de representación del Señor Intendente Municipal que fue reducido en un cincuenta por ciento (50%), como así el incremento de la dieta de los Señores Concejales, de acuerdo a los Anexos I y II  que forman parte del presente Decreto.-

 

 

Artículo 3º:         

Apruébese la nueva Escala Salarial para el Personal Jornalizado,  que forma parte del presente Decreto como Anexo IV.-

 

 

Artículo 4º:         

El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos  de Gobierno, Coordinación General y Planificación.

 

 

Artículo 5°

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese.

Anexos

ANEXO I ESCALA SALARIAL JORNADA 6 HS

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ANEXO II ESCALA SALARIAL 8 HS

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ANEXO III ESCALA SALARIAL 9 HS

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ANEXO IV ESCALA SALARIAL PERSONAL JORNALIZADO

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