Boletines/Vicente López
Ordenanza Nº 36312
Vicente López, 10/12/2018
Ref. Exptes. N° 1059/2018 H.C.D. 4119-6309/2018 D.E.
VISTO: el proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo que solicita la homologación del Convenio suscripto entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Bs. As. y la Municipalidad de la obra denominada "Fresado y carpeta asfáltica en Acassuso entre Maipú y Rawson", y;
CONSIDERANDO: Que el objeto del convenio es la cooperación en generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus habitantes, en todos los proyectos de obras y servicios públicos que resulten de interés para la sociedad.
Que, a tales efectos, las partes acordaron prestar colaboración en el presente proyecto que ayudará a mejorar la superficie de rodamiento sobre la arteria Acassuso, atento al notable flujo de tránsito que tiene la misma por ser una importante vía de comunicación en sentido Este-Oeste entre dos importantes avenidas del partido de Vicente López, como son las Avenidas del Libertador y Maipú; con el agregado que sobre esta arteria se encuentra un cruce bajo nivel en dos vías de circulación, lo cual descomprime notablemente la circulación vehicular.
Que, en cumplimiento de estos objetivos, las políticas públicas adoptadas se dirigen a que la población acceda a un nivel de vida más aceptable, siendo obligación de las partes bregar por el bien común y el servicio a la comunidad.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: HOMOLOGASE el Convenio suscripto con fecha 30 del mes de octubre de 2018, entre el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y la MUNICIPALIDAD DE VICENTE LOPEZ, registrado bajo el N° 473/18, a los fines de ejecutar la obra denominada "Fresado y carpeta asfáltica en calle Acassuso entre Av. Maipú y Rawson"; la que será financiada con un subsidio, otorgado por el Ministerio de Infraestructura y Servicios de hasta la suma de $4.348.668.- (PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO); quedando a cargo de la Municipalidad de Vicente López correr con la diferencia resultante, en el supuesto caso de que el proceso de selección del contratista arrojara un monto de financiamiento superior al estipulado; siendo el objeto de esta obra generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus habitantes y que la población acceda a un nivel de vida más aceptable.
ARTÍCULO 2°: El exordio es parte integrante de la presente.
ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Fdo: Sandá- Zito
Nota: Se publica sin Anexo.-