Boletines/Rivadavia
Decreto Nº 1696/2018
Rivadavia, 26/11/2018
Visto
Que desde el año 2005 el Centro de Estudios Superiores (CES), entidad dependiente del Centro para la Formación de Emprendedores de Rivadavia (CEFER), lleva adelante una destacada tarea, brindando a jóvenes de nuestro Distrito y de la zona una importante oferta educativa a nivel terciario y universitario;
Que su actividad, llevada adelante a través de la firma de convenios con Universidades e Institutos, ha permitido el desarrollo de una amplia gama de posibilidades de formación cuyo objetivo primordial es logar el acceso generalizado a la enseñanza, franqueando barreras económicas y sociales y procurando igualdad de oportunidades a jóvenes y adultos;
Que actualmente su oferta académica incluye carreras, tecnicaturas y cursos presenciales y virtuales, que dan respuesta a una importante cantidad de personas que buscan su capacitación y posterior desarrollo social y económico;
Considerando
Que en los últimos treinta años nuestro Distrito paso de cinco escuelas secundarias a diez, triplicándose la cantidad de egresados, para los que el Centro de Estudios Superiores (CES) significa una alternativa de calidad académica basada en principios de arraigo, emprendimiento y desarrollo;
Que además el Centro recibe alumnos de partidos vecinos y zonas circundantes, ampliando su área de influencia significativamente;
Que las Autoridades tienen la responsabilidad de promover y fomentar toda actividad que contribuya al crecimiento productivo en un entorno globalizado que exige cada vez una mayor capacitación para dar respuesta a las problemáticas planteadas;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Declárase al CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE RIVADAVIA (CES) como INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL DISTRITO DE RIVADAVIA.-
ARTICULO 2º.- Acéptase la dependencia del Centro de Estudios Superiores (CES) del Centro para la Formación de Emprendedores (CEFER), institución sin fines de lucro con Matrícula Nº 29.941 de Instituciones Civiles, Legajo Nº 137.645 otorgado por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
MAURO MARTIN MERCADO JAVIER ULISES REYNOSO
Secretario de Gobierno Intendente Municipal