Boletines/Rivadavia
Decreto Nº 1677/2018
Rivadavia, 21/11/2018
Visto
La Ordenanza Nº 4140/2018, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15/11/2018 por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a vender las viviendas ubicadas en la Ciudad de América, en los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Quinta 145, Parcelas 2a y 6 y en Circunscripción I, Sección C, Quinta 146, Manzana 146d, Parcela 6 en el marco del “Plan de Vivienda Municipal HOGAR” y en la modalidad INMUEBLE DOMINIO MUNICIPAL – EDIFICACIÓN MUNICIPAL creada por Decreto Nº 1236/2017, convalidado por Ordenanza Nº 4007/2017;
Considerando
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades para proceder a la venta de los citados inmuebles se realizar una licitación pública, donde se establecerán los requisitos que deberán cumplir las personas interesadas, conforme a lo determinado en la Ordenanza Nº 3872 por la cual se crea el Programa Municipal de Viviendas;
Que el Artículo 4º de la Ordenanza N° 4.140/2018 faculta al Departamento Ejecutivo a proceder a la reglamentación de la misma;
Que las viviendas afectadas son las construidas por la firma “Premoldeados Don Quico s.r.l.” cuya adjudicación se estableció por Decreto Nº 559/2018, en el marco de la Licitación Publica Nº 5/2018;
El INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- LLAMESE A LICITACION PUBLICA N° 15/2018, hasta el día 7 de diciembre de 2018, a las 12.00 horas, en el Palacio Municipal, sito en Marcos Cachau Nº 50 de la ciudad de América, Partido de Rivadavia, para la venta de tres (3) inmuebles con viviendas, ubicados en la Ciudad de América y en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 4.140/2018, identificados catastralmente como:
ARTICULO 2°.- REQUISITOS .Establézcase que para la presentación de postulantes, los mismos deberán conformar un legajo en el cual se deberá adjuntar obligatoriamente la documentación de la cual surja que se reúnen los requisitos prescriptos por el Artículo 9, Capitulo III, de la Ordenanza N° 3872/2016 y Artículo 7 de la Ordenanza N° 3907/2016, y completar y suscribir los formularios de inscripción que se indican como Anexos I, II, III, IV y V.
Podrán acceder al “Plan de Vivienda Municipal HOGAR” aquellas personas que tengan entre 18 y 55 años de edad (a partir de la fecha de presentación de la solicitud de inscripción), trabajadores en relación de dependencia, autónomos y monotributistas, con ingresos netos de hasta cuatro (4) salarios mínimos, vitales y móviles ($ 40.000), con una antigüedad mínima laboral de un año en relación de dependencia, como autónomos y/o monotributistas.
La no cumplimentación de cualquiera de los requisitos fijados precedentemente, motivará la desestimación de la respectiva inscripción en forma automática.
Presentada la respectiva documentación funcionarios pertenecientes a la Secretaria de Gobierno y de Desarrollo Social de la Municipalidad de Rivadavia, procederán a controlar la total observancia de los requisitos correspondientes, y de encontrarse debidamente cumplimentados, el legajo se guardará en un sobre, el cual será cerrado y lacrado en presencia del postulante y las autoridades municipales que lo reciban, debiendo ser suscripto por los mismos, y al cual se le asignará un número de inscripción, con el cual participará en el acto licitatorio. Dicho sobre permanecerá cerrado hasta la fecha estipulada para llevarse a cabo el respectivo acto público.
ARTICULO 3º.- De acuerdo a los establecido en el artículo 8º de la Ordenanza Nº 3872/2016 se deberá destinar un cupo mínimo del cinco por ciento (5 %) en la adjudicación de inmuebles a personas con discapacidad o grupos familiares en los que alguno de sus integrantes tenga discapacidad, acreditando tal circunstancia con el respectivo Certificado Único de Discapacidad, expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. El inmueble a adjudicar, en su caso, deberá ser habilitado efectivamente por la persona con discapacidad. En la escritura traslativa de dominio del inmueble adjudicado por este cupo se deberá constituir usufructo vitalicio a favor de la persona con discapacidad, bajo pena de nulidad
ARTICULO 4°.- DETERMÍNESE como período de inscripción de los postulantes para la respectiva modalidad del “Plan de Vivienda Municipal HOGAR” (Decreto 1236/2017) el periodo comprendido entre los días 23/11/2018 a las 08:00 horas hasta el 07/12/2018 a las 12:00 horas.
ARTICULO 5º.- AFÉCTESE las TRES (03) viviendas unifamiliares premoldeadas, prefabricadas y/o industrializadas adquiridas por la Municipalidad de Rivadavia en el marco de la Licitación Publica Nº 5/2018: “Adquisición de Tres (03) Viviendas Industrializadas – Programa Municipal de Viviendas” – modalidad Inmueble Municipal – Edificación Municipal.-
ARTICULO 6º.- ESTABLEZCASE que el PRECIO base de los inmuebles urbanos objeto de la presente Licitación será de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 645.000.-), según lo establecido en el artículo 2 de la Ordenanza Nº 4.140/2018, el cual surge de las sumas consideradas para el inmueble y la vivienda. Dejandose constancia que dicho monto incluye los valores que correspondan al tendido eléctrico.-
ARTICULO 7º.- APRUÉBENSE los formularios que como ANEXOS I, II, III, IV y V que forman parte del presente Decreto. Será obligación del respectivo postulante declarar y acompañar la correspondiente documentación personal, documentación justificatoria de ingresos.-
ARTÍCULO 8º.- APERTURA DE SOBRES. DETERMINESE que el respectivo acto de apertura de sobres con cada una de las ofertas –el cual será presidido por el Sr. Intendente Municipal o en su defecto por los funcionario que se designen a tales efectos- se llevara a cabo el día LUNES 10/12/2018 a las 20:00 horas, en el Palacio Municipal, sito en calle Marcos Cachau N° 50 de la ciudad de América, debiéndose confeccionar un listado de beneficiarios titulares y suplentes. Culminado el acto, se procederá a labrar el acta correspondiente, suscribiéndose tanto por parte de los funcionarios a cargo del respectivo acto público como del público en general.
ARTÍCULO 9º.- ESTABLEZCASE que luego del Acto Público indicado en el Artículo anterior, las correspondientes actuaciones administrativas serán remitidas al Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia en los términos de los Artículos 54 y 55 del Decreto Ley 9533/80 (Ley Orgánica de las Municipalidades). Cumplido ello, los respectivos instrumentos contractuales a concretarse con aquellas personas resultantes beneficiarios y/o adjudicatarios titulares deberán formalizarse en un plazo que no podrá exceder de cinco (5) días hábiles de sancionada la respectiva Ordenanza por parte del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia.
ARTICULO 10º.- DEL PAGO. DETERMINESE que para la integración del respectivo precio indicado en el Artículo 5° del presente Decreto, se estará a lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 4.140/2018 que expresa:”Los inmuebles podrán ser abonados 1) Al contado;2) Contado más financiamiento en hasta doscientos cuarenta (240) cuotas; 3) Financiamiento en hasta doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales y consecutivas. De acuerdo a lo establecido por la Ordenanza N° 3907/2016, se aplicará una tasa de interés correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de la Tasa Hipotecaria Variable del Banco de la Provincia de Buenos Aires, además del costo de la contratación de un seguro contra incendio y destrucción total o parcial del inmueble y gastos administrativos”.
ARTÍCULO 11º.- DE LA FIANZA. DISPONGASE que la obligación a cargo del beneficiario de que se trate podrá garantizarse mediante la celebración de contrato de fianza en los términos de lo prescripto por el Artículo 1574 a 1598 del Código Civil y Comercial de la Nación. De verificarse el incumplimiento a que se refiere el artículo siguiente, la Municipalidad de Rivadavia podrá requerir a la persona que se constituye como fiador y/o principal pagador el cumplimiento de la prestación a la que se ha obligado el respectivo beneficiario, la cual comprenderá los accesorios de la obligación principal y los gastos que razonablemente demande su cobro, incluida las costas judiciales. No será de aplicación el beneficio de excusión prescripto por el Artículo 1583 del Código Civil y Comercial de la Nación, debiendo renunciar quien se constituya como fiador expresamente a dicho beneficio, al momento de formalizarse la fianza en la forma indicada por el Artículo 1579 del mismo cuerpo legal. La admisión del fiador, a efectos de garantizar la obligación asumida por el respectivo beneficiario, será analizada por el Departamento Ejecutivo, debiéndose presentar –a tales efectos- la documentación correspondiente tendiente a acreditar la capacidad económica del mismo, y la inexistencia de antecedentes negativos en el sistema financiero.
ARTÍCULO 12º.- INCUMPLIMIENTOS. DISPONGASE que la falta de pago en término -eventualmente- de las cuotas convenidas, producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de interpelación extrajudicial y judicial alguna, debiendo el respectivo adjudicatario integrar, además de los importes adeudados, un recargo de “intereses por mora” similar al que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Sin perjuicio de ello, el beneficiario que adeudare TRES (03) cuotas consecutivas y/o alternadas, perderá sus derechos y la Municipalidad de Rivadavia podrá:
ARTICULO 13º.- REQUIÉRASE, oportunamente, la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de proceder al otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles que se indican en el Artículo 4° del presente Decreto a favor de las personas que resulten beneficiarias respecto de la modalidad INMUEBLE DOMINIO MUNICIPAL – EDIFICACION MUNICIPAL, con constitución de derecho real de Hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de Rivadavia, si correspondiere.
ARTÍCULO 14°.- RESCISION. DISPONGASE que eventualmente si algún beneficiario, de las modalidades del “Plan de Vivienda Municipal HOGAR” (Artículo 3 de la Ordenanza N° 3907/2016), comunicara su voluntad de rescindir la respectiva relación contractual en los términos del Artículo 1076 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá hacerlo fehaciente e inmediatamente a la Municipalidad de Rivadavia, evitando dilaciones innecesarias. Dicha rescisión producirá efectos solo para el futuro, previo reintegro y/o puesta a disposición de las sumas que se hubieren sido abonadas hasta la fecha en que acaeciere dicha rescisión unilateral, sin interés alguno ni reintegro de gastos administrativos.
ARTICULO 15º.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.-
Ing. Mauro Martin MERCADO Dr. Javier Ulises REYNOSO
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
ANEXO I
DECLARACION JURADA
En la ciudad de América, Partido de Rivadavia, Provincia de Buenos Aires, a los …......... días del mes de noviembre/diciembre del año dos mil dieciocho, quien suscribe la presente DECLARO BAJO JURAMENTO Primero: Que conozco fehacientemente y acepto todas y cada una de las condiciones, derechos y obligaciones que disponen las Ordenanzas Nº 3872/2016, 3907/2016, cuyo contenido declaro conocer y aceptar de plena conformidad; Qué reúno los requisitos establecidos en los Artículos de dicha Reglamentación, por cuanto NO SOY TITULAR DE NINGUN INMUEBLE Y EL OBJETIVO DE LA ADQUISICIÓN ES A LOS EFECTOS DE UTILIZAR EL BIEN PARA VIVIENDA ÚNICA, PERMANENTE Y PARA USO DEL SUSCRIPTO Y SU GRUPO FAMILIAR.
………………………………..
FIRMA
……………………………………
ACLARACIÓN
El que suscribe afirma que los datos consignados en este formulario son correctos y completos, y que se ha confeccionado esta Declaración Jurada sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA
En la ciudad de América, Partido de Rivadavia, Provincia de Buenos Aires, a los …….... días del mes de noviembre/diciembre del año dos mil dieciocho, MANIFIESTO EN CARÁCER DE DECLARACIÓN JURADA que los ingresos del grupo familiar que integro asciende a la suma de pesos………………………………………………….…….. ( $................) MENSUALES.
A los efectos de verificar esta información, ofrezco copia de ……………………………………………………………………………………………………. …………………………………………………………………………………………………….
….…………………………
FIRMA
………………………………
ACLARACIÓN
El que suscribe afirma que los datos consignados en este formulario son correctos y completos, y que se ha confeccionado esta Declaración Jurada sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.
ANEXO III
DATOS DEL OFERENTE
Adjudicación Programa Municipal de Viviendas
– Plan de Vivienda Municipal HOGAR
I - DATOS PERSONALES:
Apellido y Nombre: …………………………………………………………………………
DNI/LE/LC:…………………………………………CUIT/CUIL/CDI:…………………….
Domicilio Real: ………………………………………………………...……………….
Estado Civil: ………………………………………………………………………………...
Teléfono: …………………………………………………………………………………….
Estado Civil: ……………………………………..Nupcias:………………….……………
Cónyuge: …………………………………………D.N.I…………………………………
Conviviente: …………………………..…………D.N.I……………………………………
II - ASPECTO LABORAL
Lugar de trabajo………………………..………………… Fecha inicio ….…/……./…....
Dirección……………………………………….…………….CUIL: ……………….……..….
Cargo desempeñado………………………………..………………………………… Salario Mensual Neto……………………………………………………………..…………..
(Acompañar últimos 12 recibos de sueldo)
Tipo de actividad………………………………….…......Fecha de inicio:…../..…/…….
Dirección………………………………………….…………CUIT: ………………….………
Condición Tributaria…………………….……………Categoría……………………..…..
(Acompañar: Certificado de ingresos emitido por Contador Público, Comprobante de inicio de actividades frente a la Afip; y Profesionales: Matrícula profesional o título habilitante)
Tipo de actividad……………………….………………Fecha de inicio..…../……/…….
Dirección………………………………….……….…..CUIT……………………………….
(Acompañar: Comprobante de pagos de los últimos tres (3) meses; Declaración y comprobantes de pago de ingresos brutos correspondientes a los últimos doce (12) meses).
OFERTA
MONTO TOTAL DE LA OFERTA: PESOS: ………………………………………………
…………………………………………………………………………………………………….
FORMA DE PAGO: (Marcar con una X la opción correcta)
CONTADO
PAGO ANTICIPO: Pesos ……………………………….. ($ …………………….)
Y RESTO EN CUOTAS: …………………………...... cuotas (hasta 240 cuotas)
TODO EN CUOTAS: En ……………………………... cuotas (hasta 240).
III- DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA:
En fiel cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 3872/2016, se adjunta (marcar con una X)
Fotocopia de DNI/LE/LC.
Partida de Nacimiento.
Partida de Matrimonio.
Certificado de Concubinato/ Unión convivencial.
Fotocopia Testimonio Divorcio.
Constancia de CUIL/CUIT/CDI.
Certificado único de Discapacidad, expedido por el Ministerio de Salud de la Pcia. De Buenos Aires.
Otros.
………………………………….
FIRMA
El que suscribe afirma que los datos consignados en este formulario son correctos y completos, y que se ha confeccionado esta Declaración Jurada sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.
ANEXO IV
DATOS FIADOR
Apellido y Nombre: …………………………………………………………………………
DNI/LE/LC:…………………………………………CUIT/CUIL/CDI:…………………….
Domicilio Real: ……………………….…………………………………...……………….
Teléfono: ……………………………..……………………………………………………….
Estado Civil: ……………………………………..Nupcias:………………….……………
Cónyuge: ………………………………….…………D.N.I…………………………………
Conviviente: …………………………..…………D.N.I……………………………………
Lugar de trabajo……………………..…………………… Fecha inicio ….…/…./…....
Dirección……………………………………………………….CUIL: …………………..….
Cargo desempeñado……………………………………………………………………… Salario Mensual Neto………………………………………………………………………..
(Acompañar últimos 12 recibos de sueldo)
Tipo de actividad……………………….…………......Fecha de inicio:…../..…/…….
Dirección……………………………………..……………CUIT: ………………….………
Condición Tributaria……………………..……………Categoría…………………..…..
(Acompañar: Certificado de ingresos emitido por Contador Público, Comprobante de inicio de actividades frente a la Afip; y Profesionales: Matrícula profesional o título habilitante)
Tipo de actividad………………………….…………Fecha de inicio.…..../……/…….
Dirección……………………………………..…….…..CUIT……………………………….
(Acompañar: Comprobante de pagos de los últimos tres (3) meses; Declaración y comprobantes de pago de ingresos brutos correspondientes a los últimos doce (12) meses).
En fiel cumplimiento a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 3872/2016, se adjunta (marcar con una X)
Fotocopia de DNI/LE/LC.
Partida de Nacimiento.
Partida de Matrimonio.
Certificado de Concubinato/ Unión convivencial.
Fotocopia Testimonio Divorcio.
Constancia de CUIL/CUIT/CDI.
Certificado único de Discapacidad, expedido por el Ministerio de Salud de la Pcia. de Buenos Aires.
Otros.
…………………………………
FIRMA
……………………………….
ACLARACION
El que suscribe afirma que los datos consignados en este formulario son correctos y completos, y que se ha confeccionado esta Declaración Jurada sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.
ANEXO V
CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA EN LA
LICITACIÓN PUBLICA Nº 15/2018
Ordenanza Nº 4.140/2018
Venta de tres (3) inmuebles con viviendas, ubicadas en la Ciudad de América con las siguientes ubicaciones catastrales:
La apertura de sobres se realizará en Acto Público a llevarse a cabo el día 10 de diciembre de 2018, a partir de las 20.00 horas en el Palacio Municipal de Rivadavia, sito en Marcos Cachau Nº 50 de la Ciudad de América.-
CORRESPONDE AL SOBRE Nº ………………………………..