Boletines/Exaltación de la Cruz

Decreto Nº502

Decreto Nº 502

Exaltación de la Cruz, 29/05/2018

Visto

La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58, y sus modificatorias, la Ordenanza de Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, para el Ejercicio 2018, N° 2.464/2017, Promulgada por Decreto Nº 001 de fecha 03 de Enero de 2018, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, el Decreto N° 1117 de fecha 21 de Septiembre de 2017, y;

 

Considerando

Que el Artículo 10º de la Ordenanza 2464/2017, autoriza al Departamento Ejecutivo el Pago de Bonificaciones remunerativas no bonificables para todo el personal de Planta Permanente y;

Que el Artículo 11º de la mencionada Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo al pago de bonificaciones sectoriales y/o por categorías a requerimiento de los responsables de los distintos sectores;

Que durante el Ejercicio anterior y el presente se han ido suprimiendo algunas bonificaciones, las cuales pasaron a formar parte del Sueldo Básico, y que en otros casos se han actualizado los valores o se crearon nuevas;

Que el Director de Recursos Humanos, cree conveniente y necesario realizar modificaciones al actual composición;

Que en virtud de lo expuesto  se hace necesario el dictado del presente acto administrativo;

 

POR ELLO:

En uso de las atribuciones que son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

EXALTACIÓN DE LA CRUZ

DECRETA

 

Artículo 1º

Autorizase el pago de una Bonificación por Presentismo por la suma de $ 2.500,00 (Pesos Dos Mil Quinientos) para todo el personal de Planta Permanente y/o Temporaria que se encuentre dentro de las siguientes Categorías de la Escala Salarial Vigente:

Categoría Grupo Servicio/Obrero Clase A1 a Clase B4 de 6 horas.

Categoría Grupo Administrativo/Docente Clase A1 a Clase B2 de 6 horas.

Categoría Grupo Enfermería/Técnico Clase A1 a Clase A4 de 6 horas.

Categoría Grupo Servicio/Obrero Clase A1 a Clase B1 de 8 horas.

Categoría Clase Administrativo/Docente Clase A1 a Clase A5 de 8 horas.

Categoría Enfermería/Técnico Clase A1 de 8 horas.

 

Artículo 2°

 

 

 

 

Artículo 3°

 

 

 

Artículo 4°

 

Autorizase el pago de una Bonificación por Presentismo por la suma de pesos dos mil ($2.000,00) para el personal de Planta Permanente y/o Temporaria, para todas aquellas Categorías del Escalafón Municipal que no se encuentren enunciadas en el Artículo 1° del presente Decreto.-

 

Autorizase el pago de una Bonificación por Presentismo por la suma de pesos mil doscientos cincuenta ($1.250,00) por quincena para todo el personal Jornalizado que cumpla con todos los jornales autorizados.-

 

Autorizase el pago de una Bonificación por Título para todo el Personal Municipal de Planta Permanente, Temporaria y/o Jornalizada que acredite el mismo, con exclusión del personal electivo y personal médico de acuerdo a los siguiente valores:

 

Titulo

Importe

 

Título Auxiliar de Enfermería

$    400,00

Título Profesional Enfermería

$    900,00

Título Licenciado Enfermería/ otras Licenciaturas

$ 1.600,00

Título Terciarios en general         

$    400,00

Título Universitario en general

$    800,00

 

 

Artículo 5°

 

Autorizase el pago de Bonificaciones de Carácter Funcional y/o Sectorial Remunerativas no bonificables para todo el personal Municipal de Planta Permanente y/o Transitoria que a continuación se detallan:

 

Sector

Importe

Bonificación Ambulanciero Salas Periféricas

$ 1.900,00

Bonificación Ambulanciero Hospital

$ 3.700,00

Bonificación Chofer Camión/Tractor/Bobcat/Combi

$ 3.000,00

Bonificación Chofer Retroexcavadora

$ 4.000,00

Bonificación Chofer Motonivel./Retropala/Hidro

$ 3.700,00

Bonificación Pers. Auxiliar Docente Jornada (9Hs)

$ 1.000,00

Bonificación Personal Docente Jornada (9 Hs)

$ 1.200,00

Bonificación Sector mantenimiento           

$ 1.000,00

Bonificación Sector Barrido

$    500,00

Bonificación Sector Legales         

$ 2.000,00

Bonificación Sector Placero Jornada 8 Hs.

$ 1.500,00

Bonificación Sector Placero Jornada 6 Hs.

$    500,00

Bonificación Sector Mecánica Jornada 8Hs

$ 2.500,00

Bonificación Sector Mecánica Jornada 6Hs

$ 1.000,00

Bonificación Inspector Municipal Jornada 8Hs

$ 2.500,00

Bonificación Inspector Municipal Jornada 6Hs

$ 1.500,00

Bonificación Sector Recolección de Ramas

$    500,00

Bonificación Recolección de Residuos/Luminarias

$ 2.000,00

Bonificación Encargado Servicios Públicos 8hs

$ 3.000,00

Bonificación Encargado Servicios Públicos 9hs

$ 4.000,00

Bonificación Chofer Auto Municipal

$ 2.500,00

Bonificación Trabajadora Social Jornada 8hs

$ 2.200,00

Bonificación Trabajadora Social Jornada 6hs

$ 1.200,00

Bonificación personal Guardavidas Pileta

$ 1.800,00

Bonificación Personal Administrativo Acción Social/Caps/ Deportes/ Bromatología/Casa Joven/ Ceyrim/Cultura/Juzgado de Faltas/Pavón/ Robles/Seguridad

 

 

 

$    500,00

Bonificación Camillero

$    500,00

Bonificación Chofer Guardia Urbana

$   2000,00

Bonificación Administrativo Deleg. Cardales

$ 1.500,00

Bonificación Sector Corte de Pasto            

$ 1.500,00

Bonificación Sector Oficina Obras Públicas           

$ 1.500,00

Bonificación Sector Servicios Cloaca les

$ 2.000,00

Bonificación Sector Producción/ Recaudaciones/ Tesorería/ Secretaria Privada                          

$ 2.000,00

Bonificación Sector Sistemas

$ 2.500,00

Bonificación Sector Recursos Humanos

$ 2.700,00

Bonificación Sector Compras

$ 4.500,00

Bonificación Sector Contaduría

$ 5.000,00

 

 

Artículo 6°

Autorizase el pago de Bonificaciones de Carácter Funcional y/o Sectorial Remunerativas no bonificables para todo el personal Municipal de Planta Permanente y/o Transitoria que cumpla funciones en el Sector de Limpieza, hasta  la suma de pesos un mil ($ 1000).-

 

 

Artículo 7°

Autorizase el pago de Bonificaciones de Carácter Funcional y/o Sectorial Remunerativas no bonificables para todo el personal Municipal de Planta Permanente y/o Transitoria que cumpla funciones en el Sector de Cocina, hasta  la suma de pesos quinientos ($ 500).-

 

 

Artículo 8°

Autorizase el pago de Bonificaciones de Carácter Funcional y/o Sectorial Remunerativas no bonificables para todo el personal Municipal de Planta Permanente y/o Transitoria que cumpla funciones como Operador de Seguridad por la suma de pesos dos mil ($2.000,00), y para el Personal Jornalizado la suma de pesos un mil ($1.000,000) por quincena a partir del 1° de Junio del corriente año.-

 

 

Artículo 9°

Autorizase el pago de una Bonificación por Incentivo de Enfermería por la suma de pesos dos mil ($ 2.000,00) para todo el personal de enfermería perteneciente a la Planta Permanente y/o Temporaria; y para el personal de comprendido a la Planta Jornalizada el pago de pesos un mil ($1.000,00) por quincena.-

 

 

Artículo 10°

Autorizase el pago de una Bonificación por refrigerio por la suma de hasta pesos treinta y seis ($ 36.00) por día trabajado para todo el Personal de Planta Permanente, Temporaria y/o Jornalizada.-

 

 

Artículo 11°

 

 

Artículo 12°

Derogase el Decreto N° 779 de fecha 18 de Julio de 2017, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal.-

 

El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario en el Departamento de Coordinación General y Planificación.-

 

 

Artículo 13°

Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal,  dése al Registro de Decretos y Archívese.
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