Boletines/Moreno
Decreto Nº 1202/17
Moreno, 22/06/2017
Visto
La conformación de las Juntas Descentralizadas para Evaluar Discapacidades en el Municipio de Moreno y conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-180439-S-2016 iniciado por la Secretaría de Salud; y
Considerando
Que los Ministerios de Salud de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires, junto con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Concejo Provincial para las Personas con Discapacidad firmaron convenio de Cooperación Técnica para adherir al Certificado Único de Discapacidad.
Que entre los beneficios de este Certificado Único de Discapacidad se encuentra el acceso a la salud, ya sea mediante la cobertura de obra social o bien a través del Sistema Público de Salud, la gestión de pensiones o fuentes de trabajo, el uso gratuito del transporte público y la eximición de impuestos.
Que el Decreto N° 0590/11, conforma en el ámbito del Municipio de Moreno las Juntas Descentralizadas para Evaluar Discapacidades, reconociendo de esta manera la Resolución Ministerial N° 131/11 y complementarias.
Que conforme a lo informado por la Subsecretaría de Planificación y Asistencia Sanitaria, a fs. 07 de las actuaciones referenciadas, se entiende necesario la derogación del Decreto 590/11, en virtud de la necesidad de actualizar la integración, ubicación espacial y dependencia administrativa de las Juntas Descentralizadas para Evaluar Discapacidades, las cuales fueron transferidas desde el año 2014 de la Subsecretaría de Desarrollo Social a la Secretaría de Salud.
Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Art. N° 108 inciso 17 del Decreto-Ley 6769/58.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTICULO 1°: Derogase a partir del 01 de Agosto del 2016 el Decreto N° 0590/11, con motivo de los fundamentos ut-supra vertidos.
ARTICULO 2°: Conformase a partir del 01 de Agosto de 2016 las nuevas Juntas Descentralizadas para Evaluar Discapacidades, reconociéndose para ello la Resolución Ministerial n° 131/11 y complementarias.
ARTICULO 3°: Las Juntas Descentralizadas para Evaluar Discapacidades quedaran constituidas por tres grupos, desde la fecha mencionada en el Artículo 2 del presente, integradas por profesionales capacitados oportunamente:
Dra. Marco María Candelaria, Legajo N° 13765
Dra. Fleischheker Diana, Legajo N° 10912
Dra. Neto Silvia Gabriela, Legajo N° 21024
Lic. Colombo Verónica Andrea, Legajo N° 9961
Lic. Castiglioni Mariana, Legajo N° 15438
Lic. Changala Bibiana Nelly, Legajo N° 13765
Lic. Zaffora Adrián Norberto, Legajo N° 16728
T.S. Nuñez Ramona Mabel, Legajo N° 16276
T.S. Gravalla Rosana Isabel, Legajo N° 14734
ARTICULO 4°: Reconózcase como la sede de Las Juntas Descentralizadas, el CIC LA BIBIANA, sito en la calle Obrien y Ruta 23 de esta localidad. Las cuales funcionaran los días Martes de 8hs. A 14hs., Miércoles de 8hs. a 12hs. y 12.30hs. a 15.30hs. y Viernes de 8hs. a 12hs. y de 13hs. a 16hs.
ARTICULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Salud, el Señor Secretario de Economía y el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 6°: Regístrese, notifíquese por intermedio de la Coordinación General de Programa Administración de Recursos Humanos y Cumplido archívese.