Boletines/Castelli
Resolución Nº 013/17
Castelli, 16/03/2017
Visto
La solicitud de Código de Descuento realizada por la Asociación de Trabajadores Municipales de Castelli, personería gremial 1827, y
Considerando
Que el código de descuento solicitado es para la prestación de servicios por parte de ese sindicato a sus afiliados,
Que conforme el Convenio Colectivo de Trabajo suscripto con las Asociaciones Sindicales, el Departamento Ejecutivo podrá suscribir convenios con aquellas Asociaciones Sindicales que se encuentren legalmente inscriptas, ya sea con personería gremial o simple inscripción gremial y/o con comercios locales a los efectos de otorgar a los trabajadores un código de descuento para que se les retenga de sus haberes el importe equivalente a las obligaciones asumidas, siempre que con ello no se comprometa el carácter alimentario del mismo, a tales efectos se establece un porcentaje máximo a retener del veinte por ciento (20%) de su sueldo bruto. Previo a todo descuento el trabajador deberá prestar expresa conformidad por ante la Oficina de Personal de la Municipalidad,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
RESUELVE :
ARTICULO 1º: Otórguese a la Asociación de Trabajadores Municipales de Castelli el código de descuento 40850 para la prestación de servicios por parte de esa Asociación a sus afiliados.-
ARTICULO 2º: Las solicitudes que realicen los afiliados de la misma deberán gestionarse en la oficina de personal de esta Municipalidad.-
ARTICULO 3º: Comuníquese a la mencionada Asociación, a Oficina de Personal y demás dependencias que correspondan, a sus efectos.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, dese al registro municipal y archívese.-