Boletines/Castelli
Decreto Nº 245/17
Castelli, 16/03/2017
PROMULGA ORDENANZAS Nº 07/2017 - 08/2017 - 09/2017 - 10/2017 - 11/2017
Visto
La sanción de la Ordenanza Nº 07/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al año 2017; Nº 08/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Documentación Electrónica; Nº 09/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Otorgamiento de Calidad Jurídica Pública de “Fideicomiso Público” al contrato de Fideicomiso “Castelli es tu Casa”; Nº 10/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Autorización al D.E. para enajenar por título de venta parcelas urbanas con destino a vivienda familiar, única y de ocupación permanente; Nº 11/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Convalidación de Contrato de Comodato entre el Municipio y la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires para el Conservatorio de Música Anexo Castelli, y
Considerando
Que es necesario promulgarlas de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades artículo 108, Apartado 2º;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
DECRETA:
ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza Registrada bajo el Nº07/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al año 2017; Nº 08/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Documentación Electrónica; Nº 09/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Otorgamiento de Calidad Jurídica Pública de “Fideicomiso Público” al contrato de Fideicomiso “Castelli es tu Casa”; Nº 10/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Autorización al D.E. para enajenar por título de venta parcelas urbanas con destino a vivienda familiar, única y de ocupación permanente; Nº 11/2017 – Proyecto de Ordenanza sobre Convalidación de Contrato de Comodato entre el Municipio y la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires para el Conservatorio de Música Anexo Castelli, , las que entrarán en vigencia a partir de la sanción del presente decreto.-
ARTICULO 2º: Comuníquese a las dependencias que corresponda, a sus efectos.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, dése al Registro Municipal, y archívese.-