Boletines/Chascomús
Resolución Nº 373/18
Chascomús, 31/10/2018
Visto
El Expediente Administrativo Nº 135777 s/ Solicitud de cambio de habilitación, iniciado por el Sr Moyano, Luis Roberto; y
Considerando
Que la solicitud de baja de habilitación de la unidad vehicular marca Chevrolet Prisma 1.4 N LTZ; modelo 2016, Dominio AA323RS, que prestaba servicio de “TAXI” en nuestra ciudad habilitada mediante Resolución Nº 173/2018 y la solicitud para prestar servicio como “Taxi” en nuestra ciudad de la unidad vehicular Chevrolet Prisma 1.4 N LTZ; modelo 2018, Dominio AC629VU, de acuerdo a Ordenanzas Nº 1181/80 y Nº 1251/80 fue efectuado por su propietario el señor Moyano Luis Roberto DNI 5.216.482.
Que el peticionante ha presentado la documentación exigida para la habilitación peticionada.
Que corresponde hacer saber al peticionante que resulta una obligación mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación, es decir recibo de pago de patente, Póliza de seguro, Verificación Técnica vehicular y Licencia de conducir.
Que en caso de no efectuarse la actualización pertinente quedará sin efecto la correspondiente habilitación.
Que, asimismo resulta obligatorio que el vehículo cuente con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios.
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Secretario de Hacienda que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1º.- La baja de la habilitación otorgada mediante Resolución Nº 173/2018 de la unidad vehicular marca Chevrolet Prisma 1.4 N LTZ; modelo 2016, Dominio AA323RS, propiedad del Señor Moyano Luis Roberto DNI 5.216.482.-
ARTICULO 2º.- La habilitación de la unidad vehicular marca Chevrolet Prisma 1.4 N LTZ; modelo 2018, Dominio AC629VU, propiedad del Señor Moyano Luis Roberto DNI 5.216.482, tramitada mediante Expediente Administrativo Nº 4030-135777/M, para prestar servicio como “TAXI” en nuestra ciudad, de acuerdo a Ordenanzas Nº 1181/80 y Nº 1251/80 que regulan la habilitación de los taxis.-
ARTICULO 3º.- Establécese que el vehículo deberá contar en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios. Asimismo declárese obligatorio para el peticionante mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación: Recibos de pago del impuesto automotor, Póliza de seguro, Verificación Técnica vehicular y Licencia de conducir, debiendo presentarse la misma en el área de habilitaciones de la Municipalidad bajo caducidad de la habilitación.-
ARTICULO 4º.- El vencimiento de la presente habilitación es el día 31 de Octubre de 2019 de acuerdo a título V, Artículo 10, Ordenanza Impositiva.-
ARTICULO 5º.- Notifíquese a Oficina de Habilitaciones, propietario y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-