Boletines/General San Martín

Decreto Nº2246/18

Decreto Nº 2246/18

General San Martín, 28/11/2018

Visto

El Convenio celebrado entre el Municipio y el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en fecha 13/11/18, con el objeto de encomendar la venta en subasta de bienes muebles registrables y no registrables, y;

Considerando

Que la Ordenanza Nº 9656 promulgada por Decreto Nº 40/07, autoriza al Departamento Ejecutivo a enajenar en forma anual todos aquellos elementos radiados de servicio y en condiciones de rezagos, conforme a las modalidades que establece el art. 159 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el art. 195 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Que determinados rodados por sus características, y aún cuando no se encuentren en condiciones de rodar, podrán ser colocados a la venta  sin necesidad de dar de baja los mismos. Ello importará una mayor afluencia de oferentes al tiempo que un mejor precio de venta. En este estado y resultando necesario contar con el acto administrativo que legitime y respalde la operación a concretar, es que a la luz de lo normado por el art. 232 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, se procede al dictado del presente y ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, para que este en ocasión de analizar la Rendición de Cuentas, convalide el mismo.

Que la presente solicitud se basa en la necesidad de descomprimir el depósito del material de rezago existente para poder iniciar mejoras edilicias como también, dicha enajenación redundará en beneficio del erario municipal.

Que la fecha de la Subasta Pública de los elementos se ha fijado para el día jueves 20 de diciembre de 2018 y estará a cargo del Banco, bajo la modalidad "Remate con base, por cuenta, orden y en nombre de la Municipalidad de Gral. San Martín y el resultado sujeto a la aprobación de la misma".

Dicho remate estaría estructurado en lotes integrados por Automóviles, Camionetas, Camiones, Tractores, Micrómnibus, Elementos Varios y Maquinarias.

Que por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL SAN MARTIN, en uso de las atribuciones que le son propias;

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese a la Secretaría de Economía y Hacienda (Dirección de Patrimonio y Bienes Físicos) a proceder a la enajenación por remate público de los elementos radiados de servicio y en condiciones de rezago, de acuerdo a lo normado en los art. 159 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 195 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y con la intervención del Banco de la Ciudad de Buenos Aires a tenor del Convenio celebrado al efecto en fecha 13/11/18 , que se detallan como ANEXO l.

ARTICULO 2°: Los avisos de remate se publicarán como mínimo en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en un diario local por el término de dos (2) días, con una anticipación de quince (15) días de la fecha de subasta, de acuerdo a lo normado en el art. 160° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 3°: La subasta pública será realizada por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires , el día 20 de diciembre de 2018, a las 13.00 hs. en la Sala Santa María de los Buenos Ayres, sito en Esmeralda 660, Piso 3º, de la Ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 4°: Los elementos se encontrarán en exhibición a partir de:

  • miércoles 12 de diciembre de 9 a 13 hs. y el lunes 17 de diciembre de 9 a 13 hs. en el Depósito  de  Rezagos  Municipal, calle  Frondizi 2657- Prov. de Bs. As. 
  • jueves 13 de diciembre de 9 a 11 hs. en la Unidad Operativa Nº 1, Calle Jase C. Paz 5180 - San Martin - Prov. de Bs. As.
  • jueves 13de diciembre de 11 a 13 hs. en la Unidad Operativa Nº2, Calle Almeyra 2043 - San Martín - Prov. de Bs. As.
  • viernes  14   de  diciembre  de      9 a 11 hs. en el predio Tiro Federal, Calle Ombú al 4600 y Ruta 8 - San Martín - Prov. de Bs. As.
  • viernes 14 de diciembre de 11 a 13 hs. en la Unidad Operativa Nº3, Av. Juan Manuel de Rosas 4275 - San Martín - Prov. de Bs. As.

ARTICULO 5°: El producto de lo obtenido será ingresado a la Cuenta: 1.2.9.99 INGRESOS VARIOS .

ARTICULO 6º: Una vez enajenados dichos bienes deberá tomar debida intervención la Secretaría de Economía y Hacienda (Dirección de Patrimonio y Bienes Físicos) a fin de realizar los registros de bajas  pertinentes.

ARTICULO 7°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Hacienda.

ARTICULO 8°: Dese al Registro y Boletín Municipal. Tome conocimiento e intervención la Secretaría de Economía y Hacienda (Dirección de Patrimonio y Bienes Físicos, Dirección de Contaduría Gral., Dirección de Presupuesto y Finanzas, Dirección de Tesorería Gral.).Cumplido archívese.

Anexos

convenio Bco. Ciudad

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