Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1769/18
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/08/2018
VISTO el Pedido de Adquisición originado en la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico, con el fin de prestar el servicio de agrimensura, que tienen por objeto la regularización dominial de los barrios conformados en base al asentamiento de grupos familiares; y
CONSIDERANDO,
Que, con fecha 18 de mayo de 2018, mediante el Artículo Nº 2 del decreto Nº 2-1018/2018 obrante a fs. 16, se adjudicó al Sr. EIZAGUIRRE JUAN DANIEL, DNI 8.623.130, la prestación del servicio de Agrimensura, con destino al plan de regularización dominial de los barrios conformados en base al asentamiento de grupos familiares, por la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($37.800.-);
Que, a fs. 23, la División de Consorcios y Obras Básicas informa que, en razón que se ha modificado el artículo 6º del convenio entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires de fecha 24/07/2015, que establece la forma de pago de los honorarios a los agrimensores designados en los consorcios de Regularización Dominial para las tareas de mensura, planos, etc., teniendo en cuenta que la nueva modalidad determina que el pago se realizará en función al avance de los trabajos;
Que, con fecha 17 de julio de 2018, mediante Decreto Nº 1571/2018, se aprobó el Acta Modificatoria del Artículo 6º del Convenio Específico suscripto con fecha 24 de julio de 2015, entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Distrito III del Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires, cuya copia se adjunta a fs. 31/32, del presente;
Que, el Articulo 6º del Acta Modificatoria establece: “En concepto de pago se abonarán por parcela $3600 (Pesos: tres mil seiscientos) que corresponde a honorarios y gastos por las tareas profesionales, a favor de cada uno de los agrimensores que vayan a ser designados por parte del Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires. El pago se realizará en función al avance de los trabajos, estableciendo un porcentaje según el siguiente detalle:
(…) Primera etapa de hasta un 40%: Relevamiento topográfico, de viviendas, líneas de edificación, anchos de calle, amojonamiento de vértices de manzana, en base a puntos de apoyo municipales. Estudio de títulos y antecedentes catastrales, y coordinación con MBB. Confección del plano de mensura y presentación de visación municipal en un plazo no mayor de 60 días, extensible por 30 días más, según razones que lo justifiquen.
Segunda etapa de hasta un 40%: Visado de tarea profesional en CPA, (contratos, honorarios, y aportes). Visado previos en los organismos provinciales, (ARBA, Dirección de Tierras, Registro de la Propiedad), en un plazo no mayor a 90 días. Aprobación definitiva de los planos de mensura en la ARBA, Mensura de Tierras, de la Provincia, en un plazo no mayor a 45 días.
Tercera etapa de 20% (retenida hasta tanto se cumpla y se entregue en MBB): Confección del legajo parcelario para su registración en ARBA y formulario de comunicación al Registro de la Propiedad Inmueble, en un plazo no mayor a 90 días. En todos los casos se podrá extender los plazos fijados, según se demuestre la necesidad de contar con más días para la tramitación, siempre y cuando se trate de causas no imputables al profesional.”;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTICULO 1º)- Déjase sin efecto el Articulo 2º del Decreto Nº 2-1018/2018, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
ARTICULO 2º)- Adjudiquese al Sr. EIZAGUIRRE JUAN DANIEL, DNI 8.623.130, la prestación del servicio de Agrimensura, con destino al plan de regularización dominial de los barrios conformados en base al asentamiento de grupos familiares, por la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($51.840.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.-
ARTICULO 3°)- Cúmplase. Notifíquese. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos la Oficina de Compras, Contaduría General y demás oficinas intervinientes; hecho: ARCHIVESE.