Boletines/Salto
Decreto Nº 1975/17
Salto, 29/12/2017
Visto
el Decreto Ley Nº 8.801/77, el Decreto Provincial Nº 1.158/79 y su modificatorio Decreto Nº 4530/90, la Ordenanza Municipal Nº 50/2009, el Artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Que el Decreto Ley Nº 8.801/77 ha creado en el Ámbito de la Provincia de Buenos Aires el Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.) cuya misión es proporcionar servicios integrados de medicina preventiva y asistencial;
Que la finalidad indicada anteriormente se realiza mediante los recursos sanitarios provinciales y municipales y la coordinación con los demás recursos oficiales y privados y/o efectores de Seguridad Social;
Que asimismo por medio del Artículo 22º de la Ley Nº 8.801/77 se crea el Fondo Provincial de Salud como cuenta especial del Presupuesto General de la Provincia de Buenos Aires y fuente de recursos del Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.);
Que mediante el Decreto Provincial Nº 1.158/79 se ha reglamentado la aplicación de la Ley Nº 8.801/77;
Que asimismo por medio del Decreto Provincial Nº 4530/90 se sustituye en su totalidad el Artículo 6º del Decreto Nº 1.158/79 referente a la administración del Fondo Provincial de Salud;
Que a través de la Ordenanza Municipal Nº 50/2009 se ha autorizado al Departamento Ejecutivo a proceder a la suscripción de la adhesión al Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.) sobre la base de lo normado en la legislación vigente;
Que se ha dado ingreso por la Tesorería Municipal a las transferencias recibidas correspondientes a la Cuenta Corriente Nº 50678/2 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Suc. Salto con cargo al Rubro de recursos: 14.2.02.00 – S.A.M.O.;
Que a fines de tornar disponibles los fondos transferidos, se torna necesario proceder a ampliar el Cálculo de Recursos y el Presupuesto General de Gastos correspondientes al Ejercicio 2017 en un todo de acuerdo a la excepción dispuesta en el último párrafo del Artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades respecto los recursos con afectación específica;
el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas
ARTÍCULO 1º: Ampliar el Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio 2017 por la suma de Pesos Quinientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Treinta y Tres con 74/100 ($579.933,74), de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción: 1110103000 – Secretaría de Hacienda
Rubro de recursos:
14.2.02.00 – S.A.M.O. $ 579.933,74
ARTÍCULO 2º: Ampliar el Presupuesto de Gastos en vigencia por la suma de Pesos Quinientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Treinta y Tres con 74/100 ($579.933,74) de acuerdo al detalle de imputaciones que se indican a continuación:
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Jurisdicción: 1110113000 – Secretaría de Salud
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Apertura Programática: |
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71.00.00 - Coordinación de Políticas Sanitarias |
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71.01.00 - Asistencia en el Hospital Municipal |
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131 – De origen municipal |
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1.0.0.0 - Gastos en personal |
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1.6.0.0 – Beneficios y compensaciones |
$ 229.275,19 |
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2.0.0.0 – Bienes de consumo |
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2.5.0.0 – Productos químicos, combustibles y lubricantes |
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2.5.2.0 – Productos farmacéuticos y medicinales |
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$ 292.665,18 |
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5.0.0.0 – Transferencias |
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5.3.0.0 – Transferencias al sector público nacional, al sector público provincial y al sector público municipal para financiar gastos corrientes |
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5.3.6.0 - Transferencias a entes del gobierno provincial |
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$ 57.993,37 |
ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido archivar.-