Boletines/Salto

Decreto Nº1964/17

Decreto Nº 1964/17

Salto, 28/12/2017

Visto

el Expediente Nº4099-33768/17 mediante el cual este Departamento Ejecutivo propicia dar cumplimiento a los acuerdos suscriptos en el marco del Convenio que oportunamente se celebrara con el I.V.B.A. para la obra denominada: “Construcción del Barrio 63 Viviendas en la Ciudad de Salto”; y

Considerando

Que a fs 1 la Dirección de Planeamiento Urbano manifiesta la necesidad de contratar los servicios profesionales de un Agrimensor para la presentación y aprobación de un plano de mensura y división para el inmueble denominado catastralmente como: CIRC. II – SECC. A – CH. 25 – PARCELA 1a de esta ciudad, en el cual se ha construido una Primera Etapa de 26 Viviendas, de un total de 63 Viviendas en el marco del Convenio que rige la presente obra; y que oportunamente el Municipio suscribiera con ese Organismo Provincial;

                                                        Que, mediante Nota Registro Interno Nº0009/16 de fecha 04 de Enero de 2016, el I.V.B.A. notifica al Municipio que deberá hacer entrega de los Planos Conforme a Obra, de subdivisión y todo otro elemento para la escrituración de las unidades ejecutadas, como contraparte de los acuerdos firmados en su oportunidad y que resulta requisito indispensable para la continuidad de la Segunda Etapa de obra de 23 Viviendas;

                                                        Que, a fs. 4/6 obran presupuestos para la ejecución de los trabajos descriptos;

                                                        Que, a fs. 7 obra el informe realizado por el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos mediante el cual declara la incompetencia de la Secretaría a su cargo, para la intervención en la ejecución de las tareas propias del profesional Agrimensor, por no contar esta Municipalidad con personal idóneo para su cometido;   

                                                         Que, asimismo, dicha Secretaría sugiere la contratación del Ing. Agrimensor Roberto Leni para la Aprobación de Plano de mensura y División del inmueble identificado catastralmente como: CIRC. II – SECC. A – CH. 25 – PARCELA 1a;

                                                         Que, la Dirección de Compras manifiesta que, tomando en cuenta que el monto informado en el presupuesto adjunto asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($82.280), el mismo se encuentra dentro de los valores de mercado, pudiendo contratarse en forma directa;

                                                         Que en tal sentido las áreas contables se han expedido favorablemente al respecto;

                                                          Que, conforme las consideraciones realizadas por la Asesoría Legal en su Dictamen Nº850/17 y habiéndose realizado la reasignación de partidas requerida por la Dirección de Presupuesto, deviene procedente el dictado del presente acto administrativo con el objeto de disponer la contratación en forma directa                                                                                                                                                                                                                                                                                     de los servicios profesionales del Agrimensor Roberto Leni, conforme el requerimiento realizado por la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, en el marco de las previsiones legales emanadas del artículo 151º y mod. de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones que le son propias

ARTICULO 1º: Disponer la incompetencia del personal afectado a la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de esta Municipalidad para la Aprobación de Plano de Mensura y División del inmueble identificado como: CIRC. II – SECC. A – CH. 25 – PARCELA 1a de esta ciudad por no contar dicha área con un Profesional de la Agrimensura; conforme surge de los informes obrantes en el Expediente Nº4099-33768/17.-

 

ARTICULO 2º: Contratar en forma directa los servicios profesionales del Ingeniero Agrimensor ROBERTO S. LENI, M.P. 545, C.U.I.T.: 20-04515238-4 con domicilio en calle Martín J. Haedo Nº1743 1º “B” (1602) Florida – Vicente López, Provincia de Buenos

Aires; para la Aprobación de Plano de Mensura y División del inmueble identificado como: CIRC. II – SECC. A – CH. 25 – PARCELA 1a de esta ciudad,  conforme al requerimiento realizado por la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos Municipal por la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($82.280.-), en el marco de las previsiones legales emanadas del artículo 151º y mod. de la Ley Orgánica de las Municipalidades; quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar la correspondiente Orden de Pago; en un todo de acuerdo con las actuaciones llevadas a cabo mediante Expediente Nº4099-33768/17.-

 

ARTICULO 3º: Facultar a la Dirección de Asuntos Legales a confeccionar el respectivo contrato.-

 

ARTICULO 4º: La erogación mencionada deberá ser imputada con cargo a la Jurisdicción: 1110107000 Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos; Apertura Programática: 61.01.00 – Planeamiento Urbano y Obras Privadas; Partida parcial: 3.4.1 – Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad; Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro municipal, del Presupuesto en vigencia.-

 

ARTICULO 5º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-