Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 3807/18
Coronel Dorrego, 13/09/2018
Que, como ocurre anualmente el Centro de Ex Alumnos del Instituto Ceferino Namuncurá de la localidad de Oriente, se encuentra abocado a la realización de la Fiesta de la Primavera en esa ciudad; y
Que en esta oportunidad, la fiesta se llevará a cabo los días 16 y 17 de septiembre del corriente año.
Que este evento congrega anualmente a la juventud del lugar.
Que desde hace 22 años, constituye un importante atractivo para la comunidad, que podrán disfrutar de espectáculos gratuitos y en espacios públicos.
Que es un evento donde participa toda la comunidad, con el emotivo desfile de antorchas, la presentación de las carrozas y la elección de los reyes. Así como la posibilidad de participar en juegos y actividades para grandes y chicos, la presentación de espectáculos, la participación de las Instituciones de la localidad.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante otorgar la autorización para que los organizadores utilicen el espacio público donde se realizará el evento.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Declárese de Interés Municipal la XXII Edición de la Fiesta de la ============ Primavera de la localidad de Oriente, organizada por ex Alumnos del Instituto Ceferino Namuncurá, la cual se llevará a cabo el Domingo 16 de setiembre del corriente año.-
ARTICULO 2º) Autorízase al Centro de Ex alumnos del Instituto Ceferino Namuncurá ============ a utilizar el espacio público comprendido por:
con motivo de la realización de la XXII Fiesta de la Primavera, a realizarse durante los días 16 y 17 de setiembre del presente año.-
La presente autorización implica el corte de circulación de tránsito como medida de seguridad para los participantes del evento, así como el cumplimiento de toda Disposición vigente.-
ARTICULO 3º) La entidad organizadora, Comisión Directiva y demás integrantes ============= asumen para sí, en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento de participantes y público en todos los actos, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo de los eventos organizados.-
ARTICULO 4º) El Centro de Ex Alumnos del mencionado Instituto requerirá de las ============= fuerzas policiales competentes, la colaboración para el mejor resguardo de la seguridad y ordenamiento en los actos que se le autorizan por la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5º) El Departamento Ejecutivo, mediante el área de Inspección General ============= resolverá sobre cualquier otra cuestión que haga a la organización autorizada en la presente.-
ARTICULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda dese ============= al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-