Boletines/Pilar
Decreto Nº 2158/17
Pilar, 07/06/2017
Corresponde al Expediente N° 8950/2017
PILAR,
Visto
El expediente de referencia, y
Considerando
Que por ante el Tribunal de Trabajo N° 4 dei Departamento Judicial de San Isidro tramitan los autos caratulados “RAMIREZ HERNANDEZ, FABIO FRANCISCO Y OTROS CI MUNICIPALIDAD DE PILAR S/ REINSTALACION”,
Que con fecha 21 de septiembre de 2010 se dictó sentencia haciendo lugar parcialmente a la demanda interpuesta por los actores.
Que seguidamente, tanto esta comuna como la parte actora interpusieron sendos Recursos Extraordinarios de Inaplicabilidad de ley los cuales fueron rechazados con fecha 22 de diciembre de 2010.-
Que con fecha 23 de marzo de 2011 esta comuna procedió a dar en pago la suma total de PESOS CIENTO CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 09/100CTVOS. ($105.597,09.-) reclamadas al 20 de septiembre de 2010.- -
Que mientras tanto ello, la actora interpuso recurso de queja por denegación de Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley, siendo que con fecha 27 de agosto de 2014 la Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar al Recurso Extraordinario interpuesto por la actora revocando la sentencia de autos y disponiendo entre otras cosas que los autos vuelvan al tribunal de origen para el dictado de un nuevo pronunciamiento ayustado a los parámetros allí establecidos.-
Que con fecha 30 de septiembre de 2015 se dicto nueva sentencia haciendo lugar a la demanda, condenando a esta comuna entre otras cosas a pagar la sumas de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 78/100CTVOS. ($34155.78) para Fabio Francisco Ramírez Hernández; PESOS SESENTA Y CUATRO MIL VEINTISEIS CON 18/100CTVOS. ($64026.18) para Sonia Mera y PESOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE, CON 06/100CTVOS. ($33.157.06) para Ana María Heinrich, haciendo un total de PESOS CIENTO TREITA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 02/100CTVOS. ($131.339,02.-) con más intereses desde el 29 octubre de 2007, al tiempo que por Secretaria de dicho Tribunal se practicó liquidación. -
Que en virtud de ello, esta comuna solicitó aclaratoria sobre la sentencia ya que los juzgadores omitieron los pagos efectuados con fecha 23 de marzo de 2011, es decir luego del primer pronunciamiento y una vez rechazado el recurso Extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por esta parte.-
Que con fecha 23 de febrero de 2016 se hizo lugar a la aclaratoria solicitada, al tiempo que se practico nueva liquidación al día 19/12/2016 contemplando los pagos efectuados por esta comuna oportunamente quedando firme la misma por las siguientes sumas:
- PESOS SETENTA Y SEIS MIL DIEZ CON 07/100CTVOS. ($76010.07) correspondientes a Fabio Francisco Ramírez Hernández en concepto de $30852,10, del capital y $45157,07 de intereses.-
- PESOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 56/100CTVOS. ($73.787,56) correspondientes a Ana María Henrich en concepto de $29.949,98 de capital y $43.837,58 de intereses
- PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 43/100CTVOS. ($142.488,43.-) correspondientes a Sonia Mera en concepto de $57.835,32 de capital y $84.653,11 de intereses.
Que en virtud de lo expuesto corresponde a esta comuna hacer frente al pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 06/100CTVOS. ($292.286,06.-).-
Que, han tomado la intervención que les compete la Secretaria de Economía y Hacienda, la Dirección de Contaduría Municipal y la Dirección de Asuntos Contenciosos.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1°.- Autorícese el pago al actor Sr. Fabio Francisco Ramírez Hernandez de la suma de PESOS SETENTA Y SEIS MIL DIEZ CON 07/100CTVOS. ($76010.07) en concepto de $30852,10 del capital y $45157,07 de intereses al día 19 de diciembre de 2016, conforme la sentencia dictada en los autos caratulados “RAMIREZ HERNANDEZ, FABIO FRANCISCO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE PILAR 5/ REINSTALAClON”. -
Artículo 2°:- Autorícese el pago al actor Sra. Ana María Hendrich de la suma de PESOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 56/100CTVOS. ($73.787,56) en concepto de $29.949,98 de capital y $43.837,58 de intereses al día 19 de diciembre de 2016, conforme la sentencia dictada en los autos caratulados “RAMIREZ HERNANDEZ, FABIO FRANCISCO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE PILAR S/ REINSTA LA ClON”. -
Artículo 3°:- Autorícese el pago al actor Sra. Sonia Mera de la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 43/100CTVOS. ($142.488,43.-) en concepto de $57.835,32 de capital y $84.653,11 de intereses al día 19 de diciembre de 2016, conforme la sentencia dictada en los autos caratulados “RAMIREZ HERNANDEZ, FABIO FRANCISCO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE PILAR S/ REINSTALAClON”. -
Artículo 4°:- Las sumas indicadas precedentemente deberán ser depositadas en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado interviniente y como perteneciente a las actuaciones judiciales indicadas.
Artículo 5°.- El cumplimiento del artículo primero será imputado a la Partida Juris: 1.1.1.01.22.000 - F.F.: 1.1.0. - Cat. Prog.: 01.01 - U.E:646.
Artículo 6°:- Dese al Registro Municipal, intervenga la Secretaría de Economía y Hacienda, la Dirección de Contaduría y las áreas de su competencia, con las debidas constancias, archívese.