Boletines/General San Martín

Decreto Nº2218/18

Decreto Nº 2218/18

General San Martín, 26/11/2018

Visto

La situación de deterioro y falta de uso de la tierra no operativa de los FF.CC. que atraviesan el Municipio de Gral. San Martín, y;

Considerando

Que el ordenamiento territorial es competencia primaria de los municipios y herramienta fundamental para asegurar la equidad espacial y compatibilidad de los usos del suelo.

Que las  vías férreas  que atraviesan el municipio de San Martín fueron construidos hace más de cien años sobre un territorio que era rural, afectando grandes superficies de tierra a los cuadros de estación y playas de maniobra.

Que la tecnología ferroviaria y las modalidades de transporte evolucionaron en el tiempo transcurrido hasta el presente, haciendo disminuir los requerimientos de tierra para su operación.

Que las localidades del municipio de San Martín crecieron y se urbanizaron en el periodo mencionado en torno a las estaciones de los FF.CC., volviéndose áreas de centralidad de servicios, comercio y residencia.

Que muchos terrenos ferroviarios desafectados del uso operativo se encuentran en dichas centralidades y o bien no poseen en la actualidad uso o bien se destinan temporalmente a actividades marginales de logística, almacenaje y usos informales, incompatibles con los usos admitidos de los centros barriales que los rodean.

Que se advierte que desde el Estado Nacional Argentino, propietario de la tierra mencionada, no se tiene un plan integral de manejo de los  mismos  en el territorio del Municipio de San Martín, por lo que se dispone de ella en base a decisiones puntuales e inconexas.

Que la jurisdicción federal es de carácter restrictivo a la finalidad específica ferroviaria (art. 75 inc. 30 Const. Nacional), por lo que hay facultad local para  regular  los inmuebles, que se  hace operativa  al momento  de la desafectación del uso ferroviario.

Que el municipio de San Martín presenta un déficit de espacios públicos, en particular en los centros más antiguos y densamente poblados en torno a las estaciones ferroviarias, por lo que existe una imperiosa necesidad para la comunidad local de generar nuevos espacios verdes de uso público para lo que la tierra ociosa del Estado Nacional es un recurso imprescindible.

Que para satisfacer las necesidades de la población de San Martín en términos de acceso a la salud, educación y servicios sociales, el gobierno local viene desarrollando  un plan de construcción de equipamiento público, para lo que la tierra ociosa del Estado Nacional, máxime cuando está localizada en el centro de los  barrios más densamente  poblados, se constituye en  un recurso imprescindible.

Que dentro de la necesidad antes reseñada existen urgencias que merecen ser abordadas a la brevedad posible, como por ejemplo la asignación de un predio para la construcción de un polo educativo que albergue establecimientos educativos públicos de nivel terciario que carecen de sede, tales como la Escuela de Artes Visuales "Antonio Berni", el Conservatorio de Música "Alfredo Luis Schiuma" y el Instituto Superior de Formación Docente Nº 113.

Que también existe la urgencia por dotar de espacios para equipamiento recreativo y comunitario que permita al Municipio tener mayor presencia aun dentro de los barrios que circundan estas grandes superficies.-

Que amen de lo expuesto y en virtud de las necesidades poblacionales, resulta menester dar destino a estas grandes superficies donde también se contemplen la  instalación de urbanizaciones, al tiempo que con ello se tendera a evitar la ocupación de estos espacios sin título o causa  y/o  planificación urbanística.-

Que en reiteradas ocasiones el Departamento Ejecutivo presentó proyectos a la AABE y ADIF sin obtener respuesta: Predio en Barrio 13 de Julio trámite AABE - ADIF Nº 0022184/2016 el 4/11/2016; Centro Cívico José León Suárez trámite AABE - ADIF Nº 0022195/2016 el 4/11/2016; Parque Esmeralda en Estación Villa Ballester trámite AABE - ADIF Nº 0022193/2016 el 4/11/2016; Plaza Sarmiento en Estación San Andrés trámite AABE - ADIF Nº 0022181/2016 el 4/11/2016 y Parque San Martín en Estación San Martín trámite AABE - ADIF Nº 0022189/2016 el 4/11/2016.

 

Por ello, el Señor Intendente Municipal de General San Martín, en uso de sus atribuciones:

DECRETA

Artículo 1º: Invítese al Estado Nacional Argentino, propietario de la tierra que afecta la traza de los ferrocarriles que atraviesan el Municipio de Gral. San Martín, para que a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, colabore con este Municipio en la elaboración de un Plan Integral de Urbanización de los terrenos designados en Anexo A, compatible con las necesidades del desarrollo de la comunidad local y orientado a resolver las necesidades de espacio público, educación, salud y desarrollo social de la misma.

Artúculo 2º: Instar al Estado Nacional, para que en dicho Plan de Urbanización Integral, se dé prioridad a la asignación de un predio para la construcción de un polo educativo para la sede de la Escuela de Artes Visuales "Antonio Berni", del Conservatorio de Música "Alfredo Luis Schiuma" y del Instituto Superior de Formación Docente Nº 113; ello con independencia de las restantes áreas y equipamiento que resulten del consenso de las negociaciones instadas.

Artículo 3º: Comuníquese al Estado Nacional Argentino el presente Decreto.

Artículo 4°: Proponer al Honorable Consejo Deliberante Comunal, la adhesión a la propuesta enarbolada en el presente acto administrativo, acompañando como Anexo B del pertinente proyecto de Ordenanza.

Artículo 5°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y Seguridad y el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.

Artículo 6°: Dese al Registro y Boletín Municipal. Notifíquese a la Dirección General  de  Urbanismo  y  Dirección  de Planeamiento Urbano. Cumplido, archívese.

Anexos

anexos terrenos

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