Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 4556/18
Nueve de Julio, 14/12/2018
CASAS Nº 1, 2 y 3 DEL BARRIO 11 DE 23 VIVIENDAS PRO CASA III DEL PARTIDO DE 9 DE JULIO (LOCALIDAD DE MOREA) – PRESCRIPCION DE LA DEUDA SERVICIOS DE AMORTIZACION DE LA VIVIENDA.
Visto
El expediente Nº 2416-5260/2016 del IVBA, donde se solicita dictaminar sobre el estado de deuda de las casas Nº 1, 2 y 3 del Barrio 11 de 23 Viviendas Pro Casa III del Partido de 9 de Julio (localidad de Morea).
Considerando
Que se inician las actuaciones para la regularización dominial de las mencionadas viviendas.
Que, en tal contexto, el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires impulsa la regularización del inmueble y como previo, a modo de colaboración, solicita a este Municipio que se informe el estado de los servicios de amortización del inmueble (fs. 15).
Que la intervención del Municipio, se realiza en el marco de lo prescripto por el Decreto Nº 699/10 que crea el Plan de Escrituración del I.V.B.A. (reglamentado por la Ley Nº 13.342 y su modificatoria Ley Nº13.874) cuyo objeto es convertir en titulares de dominio a todos los adjudicatarios de viviendas sociales construidas, financiadas y administradas por ese Organismo, en base a lo dispuesto por el Art. 7 (censo) y concordantes.
Que respecto al estado de los servicios de amortización de los inmuebles, no se hallaron registros de deuda ni de pagos (fs. 21 vto).
Que no se ha promovido juicio ni reclamo extrajudicial sobre los montos adeudados por amortización de los inmuebles (fs. 27).
Que atento el tiempo transcurrido sumado a la inactividad administrativa y/o judicial a los fines de perseguir el cobro de la obligación, la Asesoría Legal y Técnica de ésta Municipalidad sugiere a fs. 28 decretar la prescripción liberatoria de la obligación por transcurso del tiempo en el marco de lo normado en el art. 2560 y cctes. del Código Civil y Comercial .
Que por todo lo expuesto, debe dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Declárese la prescripción de la deuda por servicios de amortización de los inmuebles identificados como casas Nº 1, 2 y 3 del Barrio 11 de 23 Viviendas Pro Casa III del Partido de 9 de Julio (localidad de Morea), por los motivos esgrimidos en el Considerando del presente.
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.