Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 6054/18
Nueve de Julio, 13/12/2018
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” : DESADJUDICACION Y ADJUDICACION
VISTO:
El Expediente Nº 4082-883/2017.
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Yésica María Valeria MARQUEZ (DNI 30.138.712) resultó adjudicataria del lote identificado como Circ. XV, Secc B, Ch 160, Mz 160 d, Parc 02 de la ciudad de 9 de Julio, suscribiéndose el boleto de compraventa de fecha 19/12/2013 (fs 7) . Del boleto y la Ordenanza Nº 4767/09 surgen las obligaciones de pago de cuotas y la edificación y ocupación de la vivienda.
Que a fs 19/20 la Subsecretaria de Ingresos Públicos informa el incumplimiento en la obligación de pago y estado de deuda.
Que a fs. 10 surge que el inmueble está siendo ocupado por el Sr. Brienzo y que la Sra. Marquez se habría mudado a la ciudad de La Plata.
Que se realizó el procedimiento indicado para la desadjudicación ante el incumplimiento de las obligaciones, publicando a fs 24 a 27 edictos de citación a descargo a la adjudicataria, guardando ésta silencio.
Que las obligaciones de la beneficiaria se encuentran incumplidas, por lo que corresponde hacer lugar a la desadjudicación de acuerdo a las constancias del expediente y a lo reglamentado en la Ordenanza Nº 4767/09.
Que la Secretaría de Desarrollo Comunitario evalúa como postulante a la adjudicación al Sr Remigio Nelson BRIENZO (DNI 25.623.688), de quien se incorpora a fs 32/33 informe socioeconómico y a fs 43 el índice de titularidad de dominio negativo.
Que la problemática habitacional actual en nuestra ciudad requiere que se evite que los lotes de carácter social permanezcan en estado ocioso.
Que de conformidad al Artículo 7º de la Ordenanza Nº 4767/09, es facultad del Honorable Concejo Deliberante la aprobación de la designación de adjudicatario a lotes.
El H.C.D. en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: La presente tiene por objeto el lote inmueble perteneciente al Programa Plan Familia Propietaria identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 160, Manzana 160 d, Parcela 02 de la ciudad de 9 de Julio. ARTICULO 2º: Desadjudícase a la señora YESICA MARIA VALERIA MARQUEZ (D.N.I. Nº 30.138.712) el lote referenciado en el Artículo 1º de la presente, en virtud del incumplimiento de lo establecido en el boleto de compraventa suscrito con fecha 19/12/2013 y en el Artículo 9 de la Ordenanza Nº 4767/09.
ARTICULO 3º: Adjudícase al Sr. REMIGIO NELSON BRIENZO , D.N.I. Nº 25.623.688, el lote referenciado en el Artículo 1º de la presente.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.