Boletines/Nueve de Julio

Resolución Nº8/18

Resolución Nº 8/18

Nueve de Julio, 07/12/2018

Visto

Las constancias obrantes en el Expediente Municipal Nº 4082-382/2018 que tienen por objeto el resarcimiento de los daños provocados al automóvil propiedad del Sr. De Bernardo Ignacio identificado con dominio JTA458, la Ley Orgánica Municipal, Doctrina y Jurisprudencia aplicada a la materia.

Considerando

Que en fecha 05 de febrero de 2018 el Sr. De Bernardo Ignacio con DNI: 31.195.853 con domicilio en calle Santiago del Estero N.º 1349 de la Ciudad de Nueve de Julio, interpuso formal reclamo administrativo, tendiente a la reparación de los daños que sufriera el vehículo de su propiedad, Volkswagen Bora, dominio: JTA458, a raíz del impacto contra el desnivel que se encuentra en la cinta asfáltica de la intersección de la calle Alsina y Lavalle de la Ciudad de 9 de Julio, el cual según el contribuyente se encuentra en mal estado de conservación.

Que el Sr. De Bernardo, con su presentación, acompaña fotografías que visualizan el estado de conservación de la intersección mencionada, Presupuesto de reparación del Concesionario Oficial Volkswagen, Factura N.º 2481 emitida por “Repuesto y Accesorios del Automotor de José De Bernardo” por adquisición de repuesto, Constancia de pago vía electrónica por adquisición de Aceite, copia de título del Automotor y copia de cédula verde conforme surge de fojas 2 a 5 y 12 a 14 respectivamente.

Que de acuerdo a su versión los hechos ocurrieron de la siguiente manera, el día 29 de enero de 2018, el Sr. De Bernardo circulaba con su vehículo Volkswagen Bora Dominio JTA458 por la calle Alsina y al llegar a la intersección de la calle Levalle sorpresivamente se encuentra con un desnivel en la cinta asfáltica de gran consideración donde al pasar por el lugar el rodado pegó con su parte delantera contra el asfalto de la primera arteria mencionada produciéndose la rotura del Carter de aceite del vehículo.

Ello ha sido corroborado por el Secretario de Obras y Servicios Públicos quien puso en conocimiento a fojas 8 que las calles consultadas se encuentran pavimentadas con hormigón armado desde hace 12 años aproximadamente, y que a raíz de las altas temperaturas que se vienen manteniendo se produjo un recalentamiento de dicho asfalto provocando una dilatación y levantamiento de los paños con lo cual generó un desnivel entre ellos.

Que en dicha intersección se realizó un trabajo de reparación desde el área de Vialidad Urbana el día 19 de febrero de 2018, encontrándose habilitadas actualmente para circular

Que analizadas las constancias de autos, -sin dejar de resaltar que ha sido un hecho impredecible- es dable inferir la responsabilidad del Municipio toda vez que el siniestro fue causado en una espacio de uso público (calle) que pertenece al dominio público municipal, existiendo el deber de reparar en virtud del deber de control y conservación que tiene la municipalidad de 9 de Julio sobre las áreas en que ocurrió el accidente, incluyendo la conservación de esos lugares, debiendo en tal sentido desempañar una función preventiva que emerge del ejercicio del poder de policía que le es propio conforme art. 190 y 192 inc 4 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y jurisprudencia aplicada a la materia la cual al respecto ha dicho que “el uso y goce de los bienes de dominio público por los particulares importa la correlativa obligación de la autoridad respectiva de colocarlos en condiciones de ser utilizados sin riesgos (C.S.J.N., Fallos: 315:2834, “Pose”).-

Por ello, el Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:

ARTICULO 1º: Hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto por el Sr. De Bernardo Ignacio reembolsando lo abonado por el mismo, conforme constancia de fojas 12 y 13, lo que asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE ($4.637) en concepto de indemnización por los daños producidos en el vehículo de su propiedad marca Volkswagen Bora, dominio: JTA458, en el siniestro de fecha 29 de enero de 2018.

ARTICULO 2º: Hágase saber al De Bernardo Ignacio Manuel, con domicilio en calle Santiago del Estero N.º 1349 de la Ciudad de 9 de Julio, sobre la resolución aquí dispuesta a los fines de que tome conocimiento sobre el pago que dispone a su favor.

ARTICULO 3º: Liquídese el pago de la suma mencionada por intermedio del área correspondiente.

ARTICULO 4º: Comuníquese. Fecho, regístrese.

RESOLUCION Nº 08/18