Boletines/Salto

Decreto Nº1062/17

Decreto Nº 1062/17

Salto, 08/08/2017

Visto

el Expediente Nº4099-33510/17 por el que tramita la solicitud de autorización para circular dentro del Partido de Salto, del vehículo tipo camión hormigonero Dominio AA670XZ requerida por el Ing. Walter J. Di Mantova en su carácter de socio gerente de la Sociedad Comercial FERTILIZACIONES NATURALES S.R.L.; y

 

Considerando

Que, en tal sentido el recurrente remite la documentación correspondiente al vehículo en cuestión, cuyo titular resulta ser FERTILIZACIONES NATURALES S.R.L., Marca 063-Iveco, Tipo: 58- Camión Hormigonero, Modelo: 341-Trakker 360, Modelo Año 2008, Motor Marca: Iveco, Motor NºR081-090706, Chasis Marca: Iveco, Chasis NºWJMJ3JPS40C199228, Dominio AA670XZ;

                                     Que, a fs. 3 obra fotocopia del Título del Automotor, expedido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Salto, en el cuál consta que el vehículo en cuestión no es apto para circular en la vía pública SIN AUTORIZACION de la Autoridad Competente y que no se emiten ni cédula ni placas de investigación;

                                      Que, a fs. 17 la Dirección de Asuntos Legales mediante dictamen Nº514/17, manifiesta con relación a la solicitud de autorización para circular con el camión Dominio: AA670XZ,  que la “autoridad competente” referiría a la AUTORIDAD MUNICIPAL, conforme lineamientos brindados mediante conversación telefónica mantenida desde esa Dirección con el Organismo Nacional premencionado, siendo el Departamento Ejecutivo el facultado para otorgar dicha dispensa, para el rodamiento de dicho camión dentro de los límites del Partido de Salto;

Que, a fs. 19 la Dirección de Tránsito y Control Urbano, considera que debería visualizarse el Dominio con el Decreto o Resolución que autorice la circulación del vehículo;

                                      Que, el artículo 27º inc. 21) de la Ley Orgánica de las Municipalidades consagra entre las funciones del Concejo Deliberante, reglamentar: “El patentamiento de vehículos que circulen por la vía pública que no estén comprendidos en regímenes nacionales o provinciales.-”;

                                      Que, a la fecha no existe a nivel local Ordenanza que regule el patentamiento de los vehículos en cuestión, circunstancia ésta que mal puede obstar el ejercicio de un derecho lícito;

                                       Que, en el caso sub examine entran en juego derechos y garantías de raigambre constitucional a favor del requirente, como ser: “La libertad de trabajo, industria y comercio, es un derecho asegurado a todo habitante de la Provincia, siempre que no ofenda o perjudique a la moral o a la salubridad pública, ni sea contrario a las leyes del país o a los derechos de tercero. (artículo 27º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires);

                                       Que, atento la necesidad de dar una respuesta inmediata a la solicitud que se realiza, y sin que ello obste la necesidad del dictado de una Ordenanza a cuyos efectos correspondería proceder oportunamente a la elevación del pertinente proyecto, se estima podría avanzarse en el otorgamiento de una habilitación provisoria para circular en el Partido de Salto, debiendo acreditarse los requisitos mínimos, a saber, título automotor a nombre del solicitante, inspección técnica por la V.T.V., póliza de seguros (cobertura de responsabilidad civil que cubra sus propios riesgos, cobertura de ART del personal afectado a la prestación del servicio y licencia habilitante del personal afectado a la prestación del servicio);

                                        Que, en consecuencia corresponde librar el presente acto administrativo;

el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias

ARTICULO 1º: Autorizar la circulación en el Partido de Salto, Provincia de Buenos Aires del vehículo Marca 063-Iveco, Tipo: 58- Camión Hormigonero, Modelo: 341-Trakker 360, Modelo Año 2008, Motor Marca: Iveco, Motor NºR081-090706, Chasis Marca: Iveco, Chasis NºWJMJ3JPS40C199228, Dominio AA670XZ propiedad de la firma FERTILIZACIONES NATURALES S.R.L. con domicilio en calle Maipú 114 de la ciudad de Salto, Pcia. de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con las actuaciones que tramitan por Expediente Nº4099-33510/17.-

 

ARTICULO 2: El automotor descrito en el artículo 1º del presente Decreto deberá exhibir el Dominio AA670XZ expedido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Salto, mediante chapa/patente con la siguiente leyenda: “AUTORIZACIÓN MUNICIPAL - AA670XZ - DECRETO Nº0000/2017”.-

 

ARTICULO 3º: En cuanto a la circulación del Automotor en el Partido de Salto deberá darse estricto cumplimiento a las disposiciones que regulan el tránsito de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose pasible en caso de infracción, además de las sanciones consagradas en las disposiciones legales vigentes, de procederse sin más a la revocación de la presente autorización.-

 

ARTICULO 4º: Notificar. Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-