Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1771/18
Magdalena, 07/11/2018
Visto
Las actuaciones del Expediente Electrónico EX-2018-00002678- -MUNIMAG-SG y Expediente Papel Letra “G” Nro. 2024/18, mediante las cuales el Sr. GARDES HUGO OMAR, DNI 20-26851398-2, CUIL 20-26851398-2, domiciliado en calle Ituzaingo Nº 2224 de la localidad de Magdalena, Provincia de Buenos Aires y titular del automotor identificado con el Dominio GKL740, solicita la exención del pago del Impuesto a los Automotores Transferidos a los Municipios por la Ley Nro. 13010; y
Considerando
Que se trata de un vehículo modelo-año 2007 transferido a la Municipalidad de Magdalena desde la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires en el año en curso.
Que el automotor se encuentra destinado al traslado de GARDES EXEQUIEL LAUTARO, DNI 48580212 – CUIL 20-48580212-7 (hijo del titular del vehículo) ya que posee como diagnóstico Síndrome de Down y consta en el certificado extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
Que se cumplen las condiciones establecidas en el Código Fiscal de dicha jurisdicción provincial - Ley Nº 10397, Artículo 220 (texto según Ley 13450).
Que de acuerdo a lo normado por el Artículo 55º de la Ley 13850 (texto actualizado con las modificaciones introducidas por la Ley 14059), a partir del mes de Enero de 2009 los Municipios a los que se les hubiese transferido y asignado el Impuesto a los Automotores de conformidad a lo previsto en el título III de la Ley Nº 13010 y concordantes posteriores, deberán resolver las solicitudes de exención del tributo presentadas por los contribuyentes respecto de los vehículos comprendidos en dicha transferencia.
Por lo expuesto
el Intendente Municipal de Magdalena en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1: Otórguese, por las razones expresadas en el exordio, la exención del pago del Impuesto a los Automotores transferidos al Municipio por la Ley 13010 al Sr. GARDES HUGO OMAR, DNI 20-26851398-2, CUIL 20-26851398-2, domiciliado en calle Ituzaingo Nº 2224 de la localidad de Magdalena, Provincia de Buenos Aires y titular del automotor identificado con el Dominio GKL740. El beneficio tendrá validez a partir del 16/05/2017 y hasta que el automotor dejase de ser propiedad del actual titular.
ARTÍCULO 2: Déjase expresamente establecido que el titular de dicho dominio tiene la obligación y responsabilidad de comunicar a la Municipalidad de Magdalena cualquier cambio en las condiciones indicadas (transferencia del vehículo afectado, denuncia de venta, baja por robo o destrucción total o cualquier otra causal) dentro de los 10 (diez) días hábiles de dicho acontecimiento. Caso contrario, será responsable del pago del impuesto que se devengue desde el momento en que dicho vehículo sea desafectado de los fines que motivan la sanción de la presente.
ARTÍCULO 3: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés García.
ARTÍCULO 4: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda