Boletines/Lobos
Ordenanza Nº 2928/2018
Lobos, 13/11/2018
VISTO: El expediente 4067-6938-2018, iniciado por el Club Social Deportivo y Biblioteca Popular Rivadavia; y
CONSIDERANDO: Que la aludida Institución solicita la concesión de uso de los terrenos municipales correspondientes a la partida N° 8336, Manzana 154 K, Chacra 154.-
Que la petición se funda en la necesidad de la Institución de afectar los inmuebles mencionados a la construcción de una cancha de entrenamiento de fútbol, así como también al desarrollo de las demás disciplinas que se llevan a cabo en el club.-
Que según dictamen de fecha 3 de agosto de 2018, la Dirección de Asuntos Legales responde favorablemente al pedido.-
Que el Departamento Ejecutivo es conteste en acompañar la solicitud efectuada, resaltándose que es intención de la actual administración reconocer y apoyar la labor social, cultural y deportiva que los clubes llevan adelante.-
Que evaluada técnica y jurídicamente la factibilidad de la autorización pretendida se resolvió conveniente celebrar un préstamo de uso precario a la Institución requirente, que permita utilizar los inmuebles de acuerdo a los fines indicados, por un plazo máximo de 5 años y revocable, sin causa, ante el requerimiento formal del municipio.-
Que el artículo 55 del Decreto-Ley 6769/58 establece que el Concejo Deliberante autorizará las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados municipales.-
Que el artículo 56 de la citada norma contempla el otorgamiento del derecho de uso y ocupación gratuita de bienes municipales a entidades de bien público con personería jurídica.-
Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBOS, sanciona por UNANIMIDAD la siguiente:
O R D E N A N Z A N º 2 9 2 8
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a conferir derecho de uso y ocupación gratuita al Club Social Deportivo y Biblioteca Popular Rivadavia, respecto del inmueble municipal designado catastralmente Circunscripción III, Sección C, Manzana 154 K, Chacra 154 del Partido de Lobos, Partida Inmobiliaria N° 8336.-
ARTÍCULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio que, a fojas 21/22, forma parte del expediente en vista.-
ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese y archívese.-”