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Decreto Nº1927/18

Decreto Nº 1927/18

Pellegrini, 22/10/2018

D E C R E T O    Nº 1927/18

Visto y considerando

La necesidad de establecer fondos, para cubrir los gastos menores que se producen en las distintas dependencias municipales. Se crean a través del presente, las distintas Cajas Chicas que serán administradas por cada uno de los responsables designados; y

Que, cada uno de los responsables de esas dependencias, solicitaron se les fije una suma de dinero para administrar y manejar dichos gastos.

Que, la Ley Orgánica Municipal en su artículo Nº 192 y el Reglamento de Contabilidad en sus artículos Nº 24 y Nº 30 establecen la creación de dichas “Cajas Chicas”

Que, se deberán establecer los responsables de cada una de las Cajas Chicas, quienes harán su respectivo seguro de fidelidad, a favor del municipio.

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Fijar en la suma de pesos: DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00) el importe de “Caja Chica” para la TESORERIA de este municipio, que se utilizará para la atención de los gastos menores incurridos en el presente ejercicio. Estableciendo como responsable de la rendición de la misma al “Tesorero Municipal”. Este importe es el límite y será imputado en la Jurisdicción 1110102000 “Secretaría de Gobierno”, Unidad Ejecutora “Secretaría de Gobierno”, Cuenta Auxiliar de Egresos de Tesorería 24000 “Cajas Chicas”.

ARTICULO 2º: Fijar en la suma de pesos: UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200,00) el importe de “Caja Chica” para la OFICINA DE GUÍAS de este municipio, que se utilizará para la atención de los gastos menores incurridos en el presente ejercicio. Estableciendo como responsable de la rendición de la misma al “Encargado de Guías”. Este importe es el límite y será imputado en la Jurisdicción 1110102000 “Secretaría de Gobierno”, Unidad Ejecutora “Secretaría de Gobierno”, Cuenta Auxiliar de Egresos de Tesorería 24000 “Cajas Chicas”.

ARTICULO 3º: Fijar en la suma de pesos: OCHO MIL ($ 8.000,00) el importe de “Caja Chica” para la ADMINISTRACION DEL HOSPITAL de este municipio, que se utilizará para la atención de los gastos menores y el gasto de combustible de las ambulancias en los días feriados o similares, incurridos en el presente ejercicio. Estableciendo como responsable de la rendición de la misma al “Administrador del Hospital”. Este importe es el límite y será imputado en la Jurisdicción 1110102000 “Secretaría de Gobierno”, Unidad Ejecutora “Dirección del Hospital Municipal”, Cuenta Auxiliar de Egresos de Tesorería 24000 “Cajas Chicas”.

ARTICULO 4º: Fijar en la suma de pesos: UN MIL DOSCIENTOS  ($ 1.200,00) el importe de “Caja Chica” para la OFICINA DE RECAUDACIÓN de este municipio, que se utilizará para la atención de los gastos menores incurridos en el presente ejercicio. Estableciendo como responsable de la rendición de la misma al “Jefe de Recaudación”. Este importe es el límite y será imputado en la Jurisdicción 1110102000 “Secretaría de Gobierno”, Unidad Ejecutora “Secretaría de Gobierno”, Cuenta Auxiliar de Egresos de Tesorería 24000 “Cajas Chicas”.