Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 341/18
Veinticinco de Mayo, 17/05/2018
Visto
el expediente que lleva por N° 4118-03895/2017, el artículo 108º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los arts. 15 y ccdes. de la Ordenanza Municipal N° 2872/2006; y
Considerando
Que, esta Administración considera necesario adaptarse a los cambios del mercado y la economía en el país y en la región;
Que, mediante las “Asignaciones Reintegrables y No Reintegrables” se brinda apoyo a emprendedores en proyectos que resultan generadores de empleo y por ende, una digna fuente de sustento económica;
Que, dichos emprendimientos, producen y ofrecen bienes y servicios, demandan y compran productos, promueven innovación, contribuyen al desarrollo local y regional, más opciones de empleo para personas que no tienen experiencia o para trabajadores mayores;
Que es necesario convalidar el Convenio celebrado entre el Sr. Walter Miguel LISA con D.N.I. N° 23.443.806 y la MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO, por el cual se le facilita un préstamo reintegrable de $ 2.900,00 por única vez, destinado exclusivamente a la compra de un tanque de 1000 l tricapa;
Que, Contaduría informa la imputación presupuestaria correspondiente;
Por ello,
El Intendente Municipal de 25 de Mayo decreta
Artículo 1º): Convalidar el Convenio celebrado entre el Sr. Walter Miguel LISA con D.N.I. N° 23.443.806 y la MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO, por la otra, por el cual se le otorga la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00) como “Asignación Reintegrable”, por los motivos expuestos en los considerandos del presente, el que se agrega como anexo único y pasan a formar parte integrante del mismo.
Artículo 2º): Imputar la erogación que demande su cumplimiento a la partida presupuestaria: 1110116000-17.0.00.00-17.5.00.00-17.5.06.00-17.5.06.03-1110111700-53-21.00.00-6000-6200-6210-6213- FONDO MICROEMPRESAS.
Artículo 3º): Refrendar por la Secretaria de Producción y el Secretario de Coordinación y
Gestión Pública.
Artículo 4º): Comunicar, registrar y archivar.