Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2401/2018

Decreto Nº 2401/2018

San Andrés de Giles, 31/07/2018

Visto

                                      La necesidad de designar un agente municipal para desempeñarse  en el área de Turismo, en  la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de San Andrés de Giles; y

 

Considerando

                            Que el mismo sería retribuido por horas cátedra en función de la carga  horaria que cumpla, de conformidad al régimen contemplado en el artículo 18º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.

                                     Que se propone para tal designación al Sr. MENDOZA, Agustín  DNI: 37.987.769.

                            Por ello, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Intendente Municipal

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Desígnese personal temporario para desempeñarse en el área de turismo en la Dirección de Cultura y Turismo de la Municipalidad de San Andrés de Giles, al Sr. MENDOZA, Agustín DNI: 37.987.769, con un régimen de 13 horas cátedra semanales.

ARTICULO 2º.- La  presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Julio de 2018 hasta el día 31 de Julio inclusive de 2018.

ARTICULO 3º.- El agente designado en el artículo anterior será retribuido en función de la carga horaria que cumpla y de conformidad con los valores que determine el Departamento Ejecutivo en base a las facultades que le confiere  los  artículos 9º inc. v) y 33º inc. j), del Convenio Colectivo de Trabajo, inscripto bajo el Nº 38 del Registro del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, del año 2017, estableciéndose la retribución actual por cada hora cátedra efectivamente realizada, en la suma de pesos ciento sesenta ($ 160,00), sujeta a las retenciones legales, cuando las clases se dicten dentro del radio urbano; y en la suma de pesos ciento ochenta ($180,00), sujeta a las retenciones legales, cuando las clases se dicten en las localidades.

ARTICULO 4º.- Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción                1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción 1110115000: Secretaria de Gobierno

Programa            22:   Difusión de la Cultura y Turismo.

Actividad               1: Actividades Culturales y Promoción e incentivo al Turismo

Inciso                                 1: Gastos en Personal

P.Principal                          2: Personal Temporario

Partida Parcial                       1: Retribuciones del cargo

Partida subparcial                  9: Temporario

ARTICULO 5º.- Comuníquese a la Oficina de  Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.-