Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2177/2018
San Andrés de Giles, 11/07/2018
Visto
El expediente Nro.4101- 2559-0-2018, iniciado por el señor Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad , dando cuenta de la necesidad de contratar empresa idónea para la realización de la obra: ampliación de desagües pluviales 2da Etapa en la Zona Este (Avenida San Andrés entre Etcheverry y Pichetto de nuestra ciudad), no previsto en el Proyecto Licitado oportunamente por la Dirección Provincial y Obras de Hidráulica; y
Considerando
Que se han cumplimentado todos los recaudos formales y exigencias legales establecidos por las normas vigentes para la tramitación del respectivo procedimiento licitatorio; disponiéndose oportunamente el correspondiente llamado a Licitación Privada Nº 5/2018 a través del Decreto Nº1906 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 13 de junio de 2018;
Que el artículo 4º del mencionado acto administrativo establece la fecha y horario para la apertura de propuestas;
Que conforme se encontraba previsto el día 29 de junio de 2018 se llevó a cabo el Acto de Apertura de Propuestas, registrándose lo actuado en el acta Nº 5/2018 de Licitación Privada , con la presencia de funcionarios del Departamento Ejecutivo ;
Que de acuerdo a los resultados del acto de apertura de propuestas , la oferta más conveniente corresponde a la firma USIMIX SRL (Propuesta Nº 1)
Que oportunamente han intervenido en las actuaciones del expediente nombrado en el visto del presente , el señor Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad y el señor Contador Municipal con dictamen favorable, ambos funcionarios, respecto de la adjudicación de la Licitación Privada Nº 5/2018, a la Firma mencionada ;
Que mediante Decreto Nº 2122 de fecha 6 de julio de 2018, se dispone la adjudicación de la Licitación Privada Nº 5/2018, a la mencionada firma; habiéndose celebrado en consecuencia el contrato de locación; a los efectos de llevar adelante la ejecución de dicha obra .
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato suscripto.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Convalídase el contrato de locación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la firma firma USIMIX SRL en el marco de la Licitación Privada Nº 5/2018 , cuyo objeto es la contratación de una empresa idónea para la realización de la obra: ampliación de desagües pluviales 2da Etapa en la Zona Este (Avenida San Andrés entre Etcheverry y Pichetto de nuestra ciudad), no previsto en el Proyecto Licitado oportunamente por la Dirección Provincial y Obras de Hidráulica, por haber resultado adjudicataria de la misma de acuerdo a los términos del Decreto Nº 2122/2018 tramitándose las correspondientes actuaciones a través del expediente administrativo Nº 4101-0-2559/2018.
Artículo 2º: Según los clasificadores Presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de Las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), la imputación del gasto corresponde efectuarse en el ejercicio 2018 en la siguiente partida presupuestaria:
Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000 Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110105000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos
Programa 50 Prestación de servicios en el ejido urbano
Actividad 99 Ampliación de Desagües Pluviales
Inciso 4 Bienes de Uso
Partida Principal 2 Construcciones
Partida Parcial 2 Construcciones en bienes de dominio público.
ARTICULO 3ro: Regístrese, publíquese , dese vista a las áreas que corresponda y archívese.-
CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA
En la ciudad de San Andrés de Giles, a los 11 días del mes de julio de 2018, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles, con domicilio legal en calle Moreno Nº 338 de la localidad de San Andrés de Giles (Provincia de Buenos Aires), representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, CPN Carlos Javier Puglelli , (DNI Nº 24.795.966) con domicilio en calle Moreno Nº 338, de la ciudad de San Andrés de Giles, partido del mismo nombre , por una parte, en adelante llamada La Municipalidad y por la otra la Firma USIMIX . representada en este acto por don Marcelo Midaglia en su carácter de Socio –Gerente – DNI Nº 24.375.281 con domicilio Fiscal y Domicilio de Actividades en Avenida Alvarez Jonte Nº 5292 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, y domicilio constituido en calle Moreno Nº 559 entre calles Maipú y 25 de Mayo de la ciudad de San Andrés todos de la Provincia de Buenos Aires, CUIT de la Empresa 30- 65282193-2 llamado en adelante “EL CONTRATISTA” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte"; convienen en celebrar el presente contrato (en adelante el , o este contrato) sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El presente contrato se corresponde y es consecuencia de la Licitación Privada Nº 5/18 tramitada por “LA MUNICIPALIDAD” a través del Expediente Nº 4101-2559-0-2018 , en la cual “EL CONTRATISTA” resultó adjudicatario en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº2122 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 6 de julio de 2018.
SEGUNDA: El Objeto de este Contrato es que El Contratista realice con inclusión de materiales ; mano de obra; recursos humanos, técnicos y demás recursos que se indican en este contrato la realización de la obra realización de la obra: ampliación de desagües pluviales 2da Etapa en la Zona Este (Avenida San Andrés entre Etcheverry y Pichetto de nuestra ciudad), no previsto en el Proyecto Licitado oportunamente por la Dirección Provincial y Obras de Hidráulica de acuerdo al detalle especificaciones, memoria técnica y demás descripciones que a continuación, en gráficos se detallan respecto de la provisión de materiales lo que es a cargo de El Contratista, no podrá ampliarse o suspenderse el plazo de ejecución de la obra establecido en la cláusula decimonovena de este Contrato, por falta de suministro de los mismos.
En el Partido de San Andrés de Giles, se está ejecutando la obra de Desagües Pluviales 2da Etapa, obra contratada por la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas. En este proyecto debería incluirse una cuadra más de tuberías para colectar el exceso de aguas pluviales de la cuadra siguiente, es decir, debajo de la Avenida San Andrés entre Etcheverry y Pichetto.
Dicha obra consiste en la extensión de cañería de Hormigón, en 95 metros de longitud y de un diámetro de 800 milímetros, y 60 metros de cañería de 400 mm de diámetro para conectar, mediante tres cámaras tipo C.I.A., 4 sumideros para calle de tierra y 2 sumideros para calle pavimentada.
La obra se completa con la colocación de suelo seleccionado compactado en capas de 20 centímetros hasta la subrasante y limpieza y adecuación del lugar.
Sumidero para calle pavimentada
TERCERA: A todos los efectos legales se establece el monto total de este Contrato en la suma de pesos Un Millón Ciento Diez Mil Seiscientos Treinta y Dos ($ 1.110.632)
CUARTA: A los efectos de formalizar el pago , el Contratista deberá entregar las facturas correspondientes previa verificación de la calidad de la Obra realizada , conformadas por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos y deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la AFIP y presentadas en original en la Oficina de Compras del Palacio Municipal (sede del Departamento Ejecutivo) ,sito en calle Moreno 338 – 1 º Piso de la ciudad de San Andrés de Giles, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 14:horas.
QUINTA: El monto de este contrato establecido en la Cláusula Tercera , no podrá ser objeto de aumento hasta el efectivo cumplimiento del mismo, prohibiéndose toda actualización ,indexación, ajuste o cualquier otra medida que intente introducir aumentos en dichos valores.
SEXTA : Sin perjuicio de las causales expresamente contempladas en el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por Decreto Nº 1906/2018- Artículo 3º y la normativa aplicable, la Municipalidad de San Andrés de Giles tendrá derecho a rescindir el contrato, en los siguientes casos:
a) Cuando se constate que en la documentación presentada se hayan consignado datos o circunstancias falsas o inexistentes.
b) Cuando El Contratista incurra en fraude, dolo o culpa grave.
c) Cuando El Contratista contravenga las obligaciones y condiciones estipuladas en este contrato.
d) Cuando se sucedieran demoras reiteradas en el cumplimiento de las entregas, sin perjuicio de las multas y penalidades que le pudieren corresponder a El Contratista .
e) Dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que funcionarios o empleados públicos con competencia en esta licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones o influencien a otros funcionarios o empleados públicos en tal sentido. Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, etc.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
SEPTIMA: :El Plazo de Ejecución de la obra motivo de este Contrato se establece en cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir del día 6 de julio de 2018 fecha que corresponde a la Adjudicación de la Licitación Privada Nº 5/2018 a El Contratista dispuesta por Decreto Nº 2122 /2018 .
OCTAVA: :En base a los trabajos ejecutados la Inspección procederá a extender los correspondientes Certificados de Obra realizada, aplicando el monto fijado en la cláusula tercera de este Contrato. Los Certificados serán suscritos por la Inspección a cargo del Ingeniero Marcelo Gasparro y El Contratista . Los pagos se efectuarán entro de los quince (15) días posteriores a la fecha de recepción de la factura.
NOVENA : Para todos los efectos derivados del presente, las partes constituyen domicilios legales en los indicados al comienzo, donde serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamientos que se practicaren, sometiéndose a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes , con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en San Andrés de Giles, el día 11 del mes de julio del año 2018.