Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2161/2018

Decreto Nº 2161/2018

San Andrés de Giles, 11/07/2018

Visto

            El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Firma HP Fraiese, y

Considerando

                                                           Que el objeto del contrato es que la Firma HP Fraiese brinde el suministro de  acceso a Internet  en la Administración Central (Palacio Municipal- Departamento Ejecutivo)- que asegure una tasa de transferencia de 25 megas y permita la multiplexación de conexiones a través de una única dirección  IP.

                                                        Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

       Por ello el Intendente Municipal  en uso de las atribuciones que le son propias

 

                                                         D  E  C  R  E  T  A

Artículo 1º:  Convalídase el contrato de locación  , celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la empresa HP Fraiese, cuyo objeto es que la Firma HP Fraiese brinde el suministro de  acceso a Internet -a través de sistema inalámbrico -en la Administración Central (Palacio Municipal- Departamento Ejecutivo)- que asegure una tasa de transferencia de 25 megas y permita la multiplexación de conexiones a través de una única dirección  IP .-

Artículo 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida,  serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

Fuente de Financiamiento          110 Tesoro Municipal       

Jurisdicción                              1110100000:     Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:                        1110105000 Secretaría  de Gobierno

Categoría Programática              01 Conducción  y Planeamiento de Políticas de Gobierno, Culturales, Productivas, Seguridad y Turismo          

Inciso                                      3    Servicios no personales

Partida Principal                       1    Servicios básicos

Partida Parcial                          4    Teléfonos,Telex y Telefax       

Artículo 3º: Comuníquese, tome conocimiento el Departamento Contable, regístrese y archívese. 

 

 

 

 

           

 

 

CONTRATO

 

El presente Contrato se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 2 de julio de 2018  entre por una parte : La Municipalidad de San Andrés de Giles representada por el  CPN Carlos Javier Puglelli ,D.N.I. Nº 24.795.966  con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles en adelante denominada “La Municipalidad” y por la otra la Empresa  HP Fraiese- Computación- representada  en este acto por su titular Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, CUIT nro.20-14659494-9 con domicilio en Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,  en adelante La Empresa ,  convienen en celebrar el presen­te contrato  que quedará sujeto a las si­guientes cláu­sulas:--

PRIME­RA:La Muni­cipalidad contrata con La Empresa  el suministro de  acceso a Internet -a través de sistema inalámbrico -en la Administración Central (Palacio Municipal- Departamento Ejecutivo) que asegure una tasa de transferencia de 25 megas y permita la multiplexación de conexiones a través de una única dirección  IP asignada por La Empresa. 

SEGUNDA:­ El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 31  del mes de diciembre del  año 2018, y su vigencia es a partir del día 1º  de julio del mismo año.

TERCERA: El monto a abonar por esta Municipalidad a la Empresa por la prestación pactada en este instrumento se fija en la suma mensual  de  pesos  mil doscientos ($ 1.200) mensuales  en concepto de abono.

CUARTA: La Empresa manifiesta y la Municipalidad expresa conocer y aceptar que el equipo Wet  instalado es propiedad de la primera, haciéndose cargo ésta del mantenimiento o reposición en caso de desperfectos del Aparato.-

QUINTA : Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Provincia. de Buenos Aires y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.--

 En prueba de conformidad y aceptación, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

 

 

P /HP Fraiese