Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6022/18
Moreno, 21/11/2018
VISTO el Expediente H.C.D. N° 33.128/18, donde solicita dársena de estacionamiento en calle Piovano N° 3129 e/Camilli y Rivadavia; y
CONSIDERANDO que ante el requerimiento de un sector específico para el estacionamiento de vehículos pertenecientes al Poder Judicial miembros de dicho cuerpo, conduce el principio de colaboración institucional, a fin de dar pronto despacho al requerimiento.
QUE la solicitud del estacionamiento, queda referida al entorno físico de la Avenida Francisco Piovano N° 3129, entre las de 1er Tt.e, Camilli y Bernardino Rivadavia.
QUE atento al ancho que posee la calzada, requiere un estudio particular del caso, a fin de evaluar la posibilidad del estacionamiento a 45°, con lo cual, daría lugar a mayor cantidad de plazas.
QUE además deberá tenerse en cuenta, que dicho fuero requiere mayor espacio, atento a que en oportunidades deben estacionar vehículos que transportan detenidos, vehículos policiales y otros de mayor tamaño.
QUE atento a los efectos que causara el estacionamiento, en el tránsito de la Avenida, se requerirá un estudio de las velocidades máximas en las proximidades del Juzgado, como la señalética adecuada, sendas peatonales y otros elementos de seguridad vial, que tendrán que formar parte integral del sector a fines de resguardar la seguridad de peatones y vehículos que se desplacen por las inmediaciones.
QUE también debe considerarse las plazas a afectar, para uso exclusivo del personal del Juzgado, vehículos oficiales, miembros del cuerpo y sectores específicos para vehículos policiales y de transporte de detenidos, los cuales serán afectados las 24hs.
QUE es de considerar, la próxima implementación del estacionamiento medido, norma emanada por este Honorable Cuerpo, debiendo manifestar la desafectación del estacionamiento para el Juzgado de dicha norma.
QUE la infraestructura que las obras demanden será soportada por el erario público, por lo que es de rigor realizar la autorización correspondiente para la afectación de partida.
QUE la implementación de la propuesta, debe garantizar las medidas de seguridad vial establecidas por Ley, Ordenanzas y toda otra normativa, que garantice el normal transito del transporte público de pasajeros, como de vehículos particulares, oficiales, de carga y otros habilitados a circular en el ámbito de la Ciudad de Moreno.
QUE es deber de este Honorable Cuerpo velar por el tránsito vehicular, estacionamientos, como también la infraestructura urbana que apoya dicho objetivo, que se encuentra al servicio de la comunidad; como también la colaboración institucional debida a otros estamentos del Estado.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones legales, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Otórguese un espacio para estacionamiento exclusivo, al Juzgado Federal de Primera Instancia de Moreno, frente al domicilio de este, sito en Av. Francisco Piovano N° 3129, sobre la mano lindante con las vías del ex Ferrocarril Sarmiento.-
ARTÍCULO 2º: El espacio afectado se desarrollara en todo el frente del domicilio denotado en el artículo anterior con más una distancia de cinco (05) metros lineales hacia cada lado del mismo.-
ARTÍCULO 3º: Dispóngase de la infraestructura necesaria para la construcción de dársenas de estacionamiento a 45° ( cuarenta y cinco grados), en el espacio delimitado en el Artículo 1° y 2°, para vehículos oficiales y de los funcionarios afectados al Juzgado Federal de Primera Instancia de Moreno.-
ARTÍCULO 4º: Dispóngase dentro del espacio asignado, de plazas específicas para el estacionamiento de vehículos de transporte de detenidos como de los vehículos policiales asignados a custodia, en caso de corresponder.-
ARTÍCULO 5º: Dispóngase de cartelería, señalética, sendas peatonales y todo otro elemento necesario, a fin de demarcar, al Juzgado Federal de Primera Instancia de Moreno, el estacionamiento exclusivo, como también para el cuidado de peatones, determinación de velocidades de circulación y toda otra medida que la Subsecretaria de Tránsito y Transporte determine, o la que en el futuro la reemplace en pos del cumplimiento de las normativas vigentes y procurar el correcto tránsito vehicular y peatonal en el sector afectado.-
ARTÍCULO 6º: Exclúyase de todo tipo de estacionamiento medido, o sistema de control vehicular o de acarreo, al espacio otorgado para el estacionamiento del Juzgado Federal de Primera Instancia de Moreno, por todo el tiempo que este u otro fuero del Poder Judicial desarrollen actividades en el domicilio declarado en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 7º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias, en las partidas establecidas para el ejercicio 2018, los gastos que las obras descriptas en los Artículos 3° y 4°, demanden.-
ARTÍCULO 8º: El Departamento Ejecutivo reglamentara, la presente Ordenanza publicando las medidas determinadas con una anticipación de 15 (quince) días previos a la puesta en marcha del estacionamiento que por la presente se otorga.-
ARTÍCULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 21 DE NOVIEMBRE DE 2018.-
PEDRO CAMPS HORACIO CHIQUE
Secretario Presidente
Comunicada al D.E. el día 28/11/18.
Promulgada mediante Decreto N° 2263/18 de fecha 29/11/18.