Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº1070/18

Decreto Nº 1070/18

Adolfo Gonzales Chaves, 23/10/2018

Visto

La nota remitida por la ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA Nº 501 de Adolfo Gonzales Chaves, agregada en el Expediente 4055-688-2018, solicitando un Subsidio destinado a solventar gastos de organización de los “JORE 2018” (Juegos Olímpicos Recreativos Especiales) el cual se llevara a cabo en nuestra ciudad de Adolfo Gonzales Chaves; y

Considerando

Que, existen fondos de Redistribución Educativa;

Que, los mismos según Ley 26.075 deben prioritariamente lograr entre otros objetivos, estrategias y mecanismos de recursos destinados a garantizar la inclusión y permanencia en niños, permitiendo favorecer la igualdad de oportunidades;

Que, los “JORE 2018” (Juegos Olímpicos Recreativos Especiales) se realizaran en Instalaciones del Club de Planeadores Otto Ballod de nuestra ciudad el dia 2 de Noviembre de 2018, los cual son  declarados de Interés Municipal;

Que, a fojas 16/17, se expidió informe de Contaduría Municipal;

Que, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias:

 

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA Nº 501 de ADOLFO GONZALES CHAVES un Subsidio de Pesos CUARENTA y SEIS MIL ($46.000.-) destinado a solventar gastos de organización de los “JORE 2018” (Juegos Olímpicos Recreativos Especiales) en el cual se llevaran a cabo en las instalaciones del Club de Planeadores Otto Ballod el próximo 2 de Noviembre de 2018, en el cual participarán distintas Escuelas Especiales de la Región XX y XXI, Escuelas de Nivel Primario urbana y rural, Escuelas de Nivel Secundario y Taller Protegido.-

 

ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas al 30-11-2018, ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción  Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 de origen provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación

 

ARTICULO 4º.- Tome razón Contaduría y Tesorería; cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-