Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 797/17
Tres de Febrero, 26/07/2017
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por Decreto Ley Nº 6769/1958, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Provincial Nº 2980/2000 Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el expediente 4117- 27840/2017/0 y;
Considerando
Que por el plexo normativo citado en el Visto se regula el procedimiento de adquisiciones de bienes y servicios que rige en la Municipalidad de Tres de Febrero;
Que por el presente actuado tramita la concesión de espacios físicos para la instalación de centros de cobro de impuestos , tasas y servicios;
Que la Secretaria de Hacienda ha dado inicio al presente actuado, detallando la instrumentación del contrato de concesión;
Que la referida instancia ha elaborado los Proyectos de Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo 1 y el Anexo 11, que regirá la presente, todo de conformidad con la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;
Que en atención a la envergadura de la presente licitación, y el volumen de los documentos licitatorios , se ha valorizado el pliego de aplicación en pesos tres mil ($3.000) ;
Que fundamenta este proceder de la administración , la protección de los intereses económicos del Municipio que debe observar en todas las etapas del proceso licitatorio los criterios de austeridad y ahorro en el uso de sus recursos, los que en el particular podrían resultar menguados por la extensión y cuantía de la documentación objeto de la presente, tornándose la gratuidad del pliego en una formalidad costosa e innecesaria;
Que este recaudo se impone a todo aquel que pretenda presentarse como oferente en la Licitación Pública de marras, sin que represente un óbice a la foncurrencia e igualdad de los potenciales interesados;
Que a los fines de lograr de mejor manera el objetivo expresado y asegurar la concurrencia de la mayor cantidad de oferentes posibles, resulta oportuno convocar a un llamado a Licitación Pública en los términos arriba expuestos;
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los pliegos de aplicación y llame a la Licitación Pública Nº 30/2017 con el objeto de la concesión de espacios físicos para la instalación de centros de cobro de impuestos, tasas y servicios;
Que el presente procedimiento cuenta con el correspondiente compromiso y respaldo presupuestario a fin de hacer frente a las erogaciones propiciadas;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Legal y Técnica de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, aprobadas por Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Nº 2980/00,
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1°. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Anexo 1 y Anexo 11, que regirán la Licitación Pública Nº 30/2017 , los que forman parte integrante del presente.
ARTICULO 2°. Llamar a la Licitación Pública Nº 30/2017 para la concesión de espacios físicos para la instalación de centros de cobro de impuestos, tasas y servicios para el día 29 de agosto de 2017, a las 12 horas. Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero hasta el día y hora indicado en el presente artículo, de acuerdo a los Pliegos aprobados por el artículo 1° del presente.
ARTICULO 3°.Autorizar a la Dirección de Contrataciones dependiente de la Secretaria de Hacienda a emitir circulares aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el artículo 1° del presente, siempre que no implique la modificac ión del Pliego de Bases y Condiciones Generales ni del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de aplicación.
ARTICULO 4°. Fijar el valor del pliego en la suma de pesos tres mil ($3.000) el cual podrá ser adquirido en la Dirección de Contrataciones de la Municipalidad de Tres de Febrero.
ARTICULO 5°. La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio en vigor.
ARTICULO 6°. El presento Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Sr. Secretario General.
ARTICULO 7°. Remitir las invitaciones de rigor y dese cumplimiento a las publicaciones correspondientes de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires , por el término de dos (2) días con quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tres de Febrero, dos (2) días en un diario de distribución masiva del Municipio de Tres de Febrero y en la página de Internet de la Municipalidad .
ARTICULO 8°. Registrar. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección de Contrataciones.