Boletines/Salto
Decreto Nº 569/17
Salto, 25/04/2017
Visto
la necesidad de realizar las gestiones administrativas y técnicas necesarias para proveer del servicio de gas natural al inmueble donde funciona la Dirección de Deportes Municipal; y
Considerando
Que la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos se ha declarado incompetente para la confección de planos de instalación de gas natural y realizar los trámites correspondientes ante la prestadora Camuzzi Gas Pampeana para la conexión a la red por tratarse de presentaciones ante una empresa privada; sugiriendo en consecuencia la contratación del Arq. Leonardo M. Rodríguez;
Que, atendiendo las razones expuestas, este Departamento Ejecutivo considera pertinente librar el presente acto administrativo a fin de disponer la incompetencia de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de esta Municipalidad para intervenir en el desarrollo de los trabajos descriptos y en consecuencia, disponer la contratación del Arq. Leonardo M. Rodríguez, conforme las previsiones emanadas del artículo 148º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que, en tal sentido, deviene procedente el dictado del acto administrativo que disponga la contratación y el consecuente pago de la tarea comisionada;
el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las atribuciones que le son propias
ARTICULO 1º: Disponer la incompetencia de la Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de esta Municipalidad para la confección de planos de instalación de gas natural para el inmueble designado catastralmente como: CIRC. II – SECC. A – CH. 38 – MZ. 38b – PARCELA 3 donde funciona la Dirección de Deportes; y para realizar los trámites correspondientes para la conexión a la red, ante la prestadora Camuzzi Gas Pampeana, en un todo de acuerdo con los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º: Contratar al Arquitecto LEONARDO MARTÍN RODRÍGUEZ, D.N.I. Nº22.949.993 M.P. Nº19.123, Gasista Matriculado Nº24.008 a efectos que ejecute las tareas descriptas en el artículo precedente, por la suma final de PESOS NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($9.750.-); conforme las previsiones emanadas del artículo 148º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar la correspondiente Orden de Pago.-
ARTICULO 3º: Facultar a la Dirección de Asuntos Legales a confeccionar el respectivo contrato de locación de obra.-
ARTICULO 4º: La erogación mencionada deberá ser imputada con cargo a la Jurisdicción 1110107000 Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos; Apertura Programática: 61.01.00 Planeamiento Urbano y Obras Privadas; Partida parcial: 3.4.1.0 Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad; Fuente de financiamiento: 110 Tesoro municipal del Presupuesto en vigencia.-
ARTICULO 5º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-