Boletines/Pilar

Decreto Nº3560/18

Decreto Nº 3560/18

Pilar, 12/11/2018

Corresponde al Expediente N° 19597/2017

Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-19597-2017, y

Considerando

Que, el presente expediente se inicia por la Secretaria de Obras Públicas, con la finalidad de contratar en forma directa con la “Cooperativa de Trabajo Unión y Progreso Limitada” la realización de la obra pública “Pavimentación con concreto asfáltico, de 2 (dos) cuadras de la calle L. N. Alem entre San Fernando y P. Sabatier” de la localidad de Villa Rosa, de la ciudad Del Pilar, conforme a lo establecido en la Especificaciones Técnicas y Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, el procedimiento se encuadra en la figura de la Contratación Directa regulado en el Artículo 132, Inciso c), de la Ley Orgánica Municipal — Decreto 6769/58, el que en su parte pertinente dice: “ARTICULO 132°: (Texto según Ley 10.706) Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos (...)‘

Que, la Secretaria de Obras Públicas recomendó la adjudicación de la presente contratación a la firma “Cooperativa de Trabajo Unión y Progreso Limitada”, por poseer suficiente capacidad técnica.

Que, en este caso particular y teniendo en cuenta el hecho de que el sujeto cooperativa que realiza la obra no persigue fines de lucro, se entiende factible adoptarse la modalidad de contratación propuesta.

Que, en el presente expediente, obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar, su consecuente cotización y garantía de mantenimiento de oferta.

Que, se ha verificado que los responsables de la cooperativa cuya preadjudicación se propicia no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Que, ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que, el presente procedimiento cuenta con respaldo presupuestario a fin hacer frente a las erogaciones propiciadas, mediante Solicitud de Pedido y de Gastos obrantes a fs. 27 y 29 respectivamente por un importe de $ 1.150.000,00 (pesos un millón ciento cincuenta mil).

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1°: Apruébase la Contratación Directa n° 47/2018 por excepción, encuadrada en el Art. 132 inciso c) de la Ley Orgánica Municipal para la ejecución de la obra pública “Pavimentación con concreto asfáltico de 2 (dos) cuadras de la calle L. N. Alem entre San Fernando y P. Sabatier en la localidad de Villa Rosa”, de la ciudad Del Pilar.

Artículo 2°: Adjudícase a la “Cooperativa de Trabajo Unión y Progreso Limitada”, CUIT N° 30- 71518246-3 por la suma de Pesos un millón un millón ciento cincuenta mil 00/100 centavos ($1.150.000,00.-) la ejecución de la obra mencionada en el artículo anterior.

Artículo 3°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000 Secretaría de Obras Públicas, Fuente de Financiamiento 1.1.0 Tesoro Municipal, Categoría Programática 45.76, Unidad Ejecutora 84 Secretaría de Obras Públicas y Objeto del Gasto 4.2.2, del presupuesto de gastos vigente.

Artículo 4º: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.