Boletines/Salto
Decreto Nº 387/17
Salto, 10/03/2017
Visto
que mediante Nota Registro Interno Nº0132/17 la Dirección de Deportes Municipal solicita la locación de un inmueble con el fin de desarrollar actividades lúdicas – deportivas como lo son las Escuelas de Iniciación Deportiva de Básquetbol y Handall, los Talleres de Patín Artístico y Voleibol; lo que tramita por Expediente Nº4099-33058/17; y
Considerando
Que, la Municipalidad de Salto no cuenta con el espacio suficiente para la realización de actividades relacionadas con el deporte y con aquellas que por su relevancia requieran de un determinado espacio físico;
Que, por tal motivo, la Dirección de Deportes informa que los Señores Silvio y Mario José Spinozzi disponen de un predio ubicado en el radio urbano de esta ciudad, que se adecúa a las necesidades requeridas por el área recurrente;
Que la Secretaría Privada considera procedente utilizar los recursos percibidos del “Fondo para la Educación, la Cultura, las Artes, la Ciencia y la Técnica” para la locación del inmueble pretendido por la Dirección de Deportes;
Que, habiendo tomado debida intervención el Contador Municipal, el mismo estima que podría darse curso a la presente contratación en el marco de las disposiciones establecidas en el inciso 7) del artículo 156º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que por los motivos expuestos y de conformidad con el Dictamen Nº115/17 elaborado por el Servicio Jurídico Municipal, este Departamento Ejecutivo libra el presente acto administrativo a los fines de disponer la contratación del inmueble designado catastralmente como: CIRC. II - SECC. A - CH. 78 – PARCELA 1t ubicado en calle Luís Piedrabuena y Haití de esta ciudad, con retroactividad al mes de Febrero y hasta el mes de Diciembre de 2017 inclusive por la suma mensual de Pesos trece mil setecientos veintiocho ($13.728.-);
el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO en uso de las atribuciones que le son propias
ARTICULO 1º: Facultar a la Dirección de Asuntos Legales a confeccionar el contrato de locación del inmueble designado catastralmente como: CIRC. II – SECC. A – CH. 78 – PARCELA 1t ubicado en calle Luís Piedrabuena y Haití de esta ciudad, con el Sr. MARIO JOSÉ SPINOZZI, C.U.I.T.:20-13650248-5 con domicilio en calle Rivadavia Nº628 de la ciudad de Pergamino, Pcia. de Buenos Aires, por la suma mensual de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO ($13.728.-) con retroactividad al mes de Febrero y hasta el mes de Diciembre de 2017 inclusive, a fin de ser utilizadas para la realización de actividades lúdicas - deportivas desarrolladas por la Dirección de Deportes Municipal en el marco de las disposiciones establecidas en el inciso 7) del artículo 156º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar las correspondientes Órdenes de Pago; de conformidad con las actuaciones tramitadas por Expediente Nº4099-33058/17.-
ARTICULO 2º: Imputar la erogación autorizada en el artículo precedente con cargo a la Jurisdicción: 1110101000 – Conducción Superior; Categoría Programática 23.03.00 – Educación del Deporte; Partida Parcial: 3.2.1 Alquiler de Edificios y Locales; Fuente de Financiamiento: 132 De origen provincial; Rubro de recursos: 11.9.03.00 Fondo financiamiento educativo.-
ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar