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Ordenanza Nº5721

Ordenanza Nº 5721

Baradero, 16/10/2018

Visto la solicitud interpuesta por el Sr. Jacobi Guillermo Alberto, en actuaciones que corren por expediente “J” 4009-20-06542/18 y;
Considerando que la Ley Provincial 13010 en su artículo 15 dispuesto la transferencia a los municipios del crédito fiscal de la Provincia, y en Art. 12 establece la facultad en la administración de deudas por el impuesto a los automotores, y la Provincia por Ley 10397 y su modificatoria (Ley 13405, Artículo 220, Inc. F) aplica dicha ley de eximición a contribuyentes con discapacidad;
Que conforme a lo mencionado este Honorable Concejo sancionó la Ordenanza Nº 3422/06 que exceptúa del impuesto a los automotores por discapacidad;
Que consta a fs. 8 del expediente referenciado el certificado de discapacidad,
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero sanciona con fuerza de ley la siguiente: 
 

ORDENANZA

Artículo 1º: Condonase la deuda que registra el contribuyente Sr. Jacobi Guillermo Alberto, DNI 4.998.748, Titular registrable del vehículo Marca: Ford Modelo Galaxy 1.0 L, Dominio SKX238, correspondiente a los períodos 2014, 2015, 2016 y 2017, en concepto de pago del Impuesto Automotor – Uso particular persona discapacitada.

Artículo 2º: Exímase del pago del Impuesto Automotor por el ejercicio 2018 al mencionado en el artículo 1º.

Artículo 3º: Comuníquese a la Dirección de Recursos Municipales para su registro y notificación.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 16 de octubre de 2018.

FDO: Prof. Martin Cárdenas, PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 17 de octubre de 2018.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

FDO: Dr. Claudio Pedro B. Maroli, Intendente Municipal y CDR. Antonio E. Pando.