Boletines/Baradero

Ordenanza Nº5711

Ordenanza Nº 5711

Baradero, 02/10/2018

Visto que por Decreto Nº 719 de fecha 17 de diciembre de 2012 fuera adjudicada la Licitación Pública Nº 01/11 a la firma TERMOCOMB SRL y;
Considerando que determina en su articulado las obligaciones impuestas al adjudicatario;
Que a fojas 11/27 del expediente Nº 4009-10-0610/13 “B” obran: Pliego de condiciones que rige la obra, Memoria técnica y Presupuesto oficial,
Que según consta en el expediente Nº 4009-10-01779/10 “I” Cuerpo 1, a fs. 819/820 obra informe de la comisión del Balneario donde surge claramente el incumplimiento de las obligaciones impuestas en el pliego por parte de la Empresa TERMOCOMB SRL,
Que siempre observando el mismo expediente Nº 4009-10-01779-10 “I, Cuerpo 1, a fs. 821 el Director de Turismo adjunta su dictamen resaltando que es altamente negativo el impacto visual del complejo, que no es apto para brindar comodidades y seguridad a los turistas;
Que a pesar de haber solicitado al adjudicatario que regularice la situación, se observa que los mismos no han sido cumplimentados por la Empresa concesionada.
Se registra incumplimiento de las obligaciones y deberes de la Empresa TERMOCOMB SRL, expedido por la Dirección de Rentas Municipal, claramente se evidencia una deuda en concepto de todos los recursos que asciende a la suma total de pesos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y nueve con setenta y seis;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
 

ORDENANZA

Artículo 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal, representado por la Intendente Municipal Dra. Fernanda C. Antonijevic, a rescindir el Contrato de Concesión suscripto con la empresas TERMOCOMB SRL por incumplimientos de Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, en la Memoria Descriptiva, en especificaciones técnicas particulares, en el presupuesto oficial y en la documentación gráfica obrante en el expediente licitario 4009-20-01779-10 “I”, Cuerpo 1 (Balneario Sector Sur).

Artículo 2º: Como consecuencia de lo señalado en el artículo anterior el Departamento Ejecutivo deberá proceder al llamado de Licitación Pública para otorgar en concesión parte del predio del Balneario denominado Sector sur.

Artículo 3º:Sin perjuicio de lo manifestado en el artículo que antecede y atento a la proximidad de la temporada 2018/2019 autorizase al Departamento Ejecutivo otorgar la misma en forma directa a una asociación de bien público y solo por el término de esta temporada.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 02 de octubre de 2018.

FDO: Prof. Martin Cárdenas. PTE HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.

BARADERO, 03 de octubre de 2018.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese.

Fdo.: Dra. Fernanda C. Antonijevic, Intendente Municipal, CDR. Antonio E. Pando, Secretario de Hacienda y Sr. Juan M. Genoud, Secretario de Gobierno.