Boletines/Las Flores
Ordenanza Nº 3114/18
Las Flores, 12/11/2018
ORDENANZA
ORDENANZA N° 3114/18
Visto:
La necesidad de creación de un espacio público que visibilice la importancia y la vigencia de la lucha en pos de los derechos humanos y la diversidad sexual.
Considerando:
QUE la República Argentina se encuentra a la vanguardia en el reconocimiento de derechos en nuestro continente y el mundo, con dos medidas históricas como la Ley de Matrimonio Igualitario y la Ley de Identidad de Género.
QUE estas medidas lograron sentar un precedente único en el mundo e iniciar un nuevo camino en la lucha para combatir la discriminación en todas sus formas.
QUE la comunidad LGBT (lesbianas, gays, bisexuales y trans) todavía debe enfrentarse diariamente a los prejuicios de una sociedad que avanza legislativamente, pero culturalmente aún debe realizar un salto de calidad.
No hay que dejar de lado que estos grandes logros que ha alcanzado nuestro país, y que nos ponen a la vanguardia del mundo, fueron posibles gracias a la lucha constante de la comunidad LGBT.
QUE la asignación de un espacio para el reconocimiento y valorización de la diversidad sexual constituye un correlato lógico con diversos proyectos aprobados en el seno de HCD en relación al tema (creación del área de diversidad, aprobación del cupo laboral trans, etc).
Que hablar de diversidad sexual es, en primer lugar, una decisión política, ya que implica reconocer que existen múltiples orientaciones sexuales, siendo expresiones igualmente valiosas de eso que llamamos sexualidad.
Que en la medida que se respeten las diferencias se puede hablar de reconocimiento y defensa de los derechos humanos o de violación y desconocimiento de los mismos.
Que negar o rechazar la diversidad, genera sociedades injustas que presas de la desigualdad condenan a los grupos discriminados a vivir sus vidas ocultos y sin dignidad.
Que el reconocimiento y aceptación de que existen diferentes formas de vivir y concebir la sexualidad implica hoy reconocer y aceptar, que estas formas de ser en lo físico y en las conductas son algo respetable y digno.
Que el concepto de diversidad sexual se asocia con otros conceptos de la modernidad como el de género, sólo cuando podemos aceptar que somos diferentes y que al mismo tiempo tenemos equivalente valor social por nuestra humanidad, varones y mujeres podemos aspirar a la igualdad, ya sea de trato, posibilidades y oportunidades, que todas y todos necesitamos para alcanzar una vida plena.
Que la discriminación, basada en prejuicios e ignorancia, requiere acciones de parte del Estado en el sentido de visibilizar las diferencias para construir una sociedad plural y diversa.
Que esas acciones, obligación irrenunciable del Estado, deben permitir a los ciudadanos apropiarse de las diferencias como forma de alcanzar una toma de conciencia por parte de la sociedad sobre la importancia del respeto hacia la diversidad en que vivimos.
QUE diversas ciudades han creado espacios de visibilización del respeto por la diversidad.
QUE en nuestra ciudad diversos vecinos han planteado a este bloque la posibilidad de contar con un lugar de esas características.
QUE la Plaza de la Diversidad se convertiría en el primer espacio público en LAS FLORES que rinde tributo al respeto a la diferencia y constituye un avance fundamental en la lucha por los derechos de las minorías sexuales.
QUE desde este Bloque de concejales hemos presentado propuestas desde el paradigma de derecho, que consagra la igualdad de trato y oportunidades para todas y todos sus habitantes, y tiene su principio en el respeto a la libre determinación y a la construcción de una sociedad cada vez más inclusiva, justa, solidaria y plural establecido en Declaraciones, Convenciones y Tratados Internacionales.
QUE nuestra ciudad cuenta con un espacio público adecuado para la concreción de este proyecto.
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LAS FLORES APRUEBA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art. 1º: Créase la Plaza de la Diversidad, designándose con ese nombre el espacio ubicado en la intersección de la Avenida Roberto Trucco con la calle Islas Malvinas cuyo croquis corresponde al anexo I de la presente.
Art 2º: Emplácese un monolito que contenga una placa con la inscripción: PLAZA DE LA DIVERSIDAD, espacio de reconocimiento a la comunidad TLGBIQ (Travestis, Lesbianas, Gays, Bisexuales, Intersex y Queer).
Art 3º: La Secretaría de Ambiente y Espacios Verdes será la responsable de realizar las adecuaciones del espacio de referencia para crear un lugar de esparcimiento y encuentro con toda la comunidad para visibilizar y concientizar sobre la construcción de una sociedad más equitativa y justa.
Art 4º:Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes.
Art 5º:Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
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Abg. Julia Giosa Secretaria |
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Prof. Federico Alejandro Presidente |
/// Corresponde Ordenanza Nº 3114/18.-
PROMULGADA POR DECRETO Nº 1817 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 2018.-
Dr. PEDRO A. ELGUE Esc. RAMON CANOSA
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
PUBLICADA: 28 DE NOVIEMBRE DE 2018.-
ANEXO