Boletines/Adolfo Alsina

Decreto Nº1144/18

Decreto Nº 1144/18

Adolfo Alsina, 14/09/2018

Visto

El Expte. Nº 4001-1101/18, el Decreto Nº 942/18 y el artículo 22 de las Clausulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones donde se establecen los montos bases del canon para la concesión del inmueble municipal conocido como "Kiosco Barrio Obrero"; y

Considerando

Que se ha incurrido en un error aritmético en oportunidad de indicar el valor base del canon para el período de meses comprendidos entre noviembre y febrero, al indicar en letras la suma de "PESOS MIL DOSCIENTOS" y en números la de "$1.000,00";

Que si bien la regla general del derecho es la de resolver las discrepancias entre lo indicado en letras y lo hecho en números a favor de lo redactado en letras, en este supuesto particular la intención municipal fue la de establecer la base del canon en la suma de PESOS MIL ($1.000,00);

Que la Administración Municipal se encuentra facultada a modificar Actos Administrativos con el objeto de corregir errores aritméticos como el de autos, (art. 115 de la Ord. Gral. Nº 267/80);

El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias, D E C R E T A:

Art. 1º -  Modificase el artículo 1º del Decreto Nº 942/18 por la siguiente redacción:

"Art. 1º- Llamase a LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 004/18, para la concesión del inmueble Municipal ubicado sobre calle Colón Nº 1791 entre F. Ameghino y J. Robilotte de Carhué, conocido como “Kiosco Barrio Obrero” con destino a explotación comercial rubro kiosco, por el término de DOS (2) AÑOS a partir de la firma del contrato, con opción a prorrogarlo un (1) año más; con destino a explotación comercial rubro kiosco, de conformidad al Pliego de Bases y Condiciones obrante en el Expediente Nº: 4001-1101/18. Base del llamado: PESOS MIL ($1.000,00) entre los meses de noviembre a febrero inclusive y PESOS OCHOCIENTOS ($800,00) por los meses restantes, de marzo a octubre inclusive, por lo que ninguna oferta podrá ser inferior a la misma."-

Art. 2º - Modificase el primer párrafo del artículo 22 de las Clausulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones por la siguiente redacción:

"Artículo 22º Base de la Oferta: PESOS MIL ($1.000,00.-) entre los meses de noviembre a febrero inclusive y PESOS OCHOCIENTOS ($800,00) por los meses restantes, de marzo a octubre inclusive. Por lo que ninguna oferta podrá ser inferior a los montos citados."

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, tomen razón las Oficinas respectivas y dese al Libro de Decretos.-

Fdo.: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, David A. Hirtz – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”