Boletines/Vicente López

Decreto Nº4434/18

Decreto Nº 4434/18

Vicente López, 08/11/2018

CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-002553/2018

Visto

el segundo llamado a Licitación Pública N° 68 dispuesto por Decreto N° 3649/18 para la contratación de la obra "EJECUCION DE NUEVA AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA MANUEL DORREGO", y

Considerando

Que conforme Acta de Apertura del segundo llamado a Licitación, obrante a fs. 389/90, la firma SALBACO S.A. resultó ser único oferente.
Que a fs. 402/3 y 404 las Secretarias de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Participación Ciudadana solicitan su adjudicación.
Que según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 409/410, sobre la adjudicación de una Licitación Pública sin elevar dicha propuesta al HCD, en dicho caso no se presentó oferente alguno en el primer llamado y se procedió a un segundo llamado a los mismos fines y efectos, resultando de este una única oferta, se expide manifestando la posibilidad de proceder en este caso a una compra directa, siendo similar a los hechos de las presentes actuaciones.
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Estudio de Propuestas a fs. 412.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTÍCULO 1°: ADJUDICASE a la firma SALBACO S.A. por un total de Pesos tres millones doscientos ochenta y cuatro mil ciento treinta y dos con treinta y tres centavos ($3.284.132,33), la "EJECUCION DE NUEVA AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA MANUEL DORREGO", con fundamento en lo previsto en él articulo 154° de la LOM (Decreto Ley 6769/58 y sus modif.) y restantes consideraciones de mención exordial, en un todo de acuerdo al Pliego de Claúsulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 412.
ARTÍCULO 2°: La suma de pesos tres millones doscientos ochenta y cuatro mil ciento treinta y dos con treinta y tres centavos ($3.284.132,33), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-4666 y 1-7926 obrantes a fs. 70 y 407 respectivamente. 
ARTÍCULO 3°: La firma adjudicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de garantía de adjudicación, el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero, póliza de caución por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.
ARTÍCULO 4°: Refrenden el presente Decreto las Secretarías de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de Gobierno y Legal y Técnica y de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Por intermedio de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos procédase a suscribir el pertinente contrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 6°: Tomen conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos (Dirección de Electromecánica, quien notificará al interesado), de Gobierno y Legal y Técnica (Subsecretaria de Participación Ciudadana) y de Educación.
ARTÍCULO 7°: Dése al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

Fdo: Macri- Botello- Vittorini- Alvarez