Boletines/Pilar
Resolución Nº 895/2018
Pilar, 28/11/2018
Visto
El expediente Nº 14451/2018, la Ordenanza Municipal Nº 227 de fecha 12 de julio de 2018, promulgada por Decreto Municipal Nº 2459 de fecha 20 de julio de 2018 y su Decreto Reglamentario Nº 2753 de fecha 22 de agosto de 2018, modificado por Decreto Municipal Nº 2976 de fecha 7 de septimebre de 2018 y,
Considerando
Que por Ordenanza Municipal Nº 227/18 se aprobó el Código de Habilitaciones para el Partido del Pilar, disponiéndose los requisitos comunes que deben cumplir los peticionantes para la obtención de las habilitaciones comerciales e industriales.
Que por otra parte se previó que los requisitos particulares de cada actividad serían establecidos por vía reglamentaria.
Que en ese sentido por Decreto Municipal Nº 2753/18 y su modificatorio Nº 2976/18, se aprobó la reglamentación del citado Código desingándose Autoridad de Aplicación del mismo a la Dirección de Habilitaciones del Departamento Ejecutivo.
Que en los artículos tercero inciso i) y décimo tercero se dispuso que la Autoridad de Aplicación debe establecer a través de un nomenclador los rubros de los permisos, autorizaciones y habilitaciones y los requisitos adicionales necesarios para el otorgamiento de los mismos, según la actividad particular de que se trate.
Que asimismo en el inciso b) del citado artículo tercero se facilitó a la Autoridad de Aplicación a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la aplicación efectiva del régimen.
Que, sobre el particular han intervenido las áreas con competencia en la materia.
Que, ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ordenanza Municipal Nº 227/18 y el Decreto Reglamentario Nº 2753/18 y su modificatorio Nº 2976/18
El DIRECTOR DE HABILITACIONES, en uso de sus facultades, DISPONE
ARTICULO 1º: Apruébase el "Manual de procedimiento y requisitos adicionales para el otorgamiento de permisos, autorizaciones y habilitaciones" que como anexo forma parte del presente.
ARTICULO 2º: Dispónese la entrada en vigencia de la presente a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial Municipal.
ARTICULO 3º: Dése al Registro Municipal, publíquese y, con las debidas constancias, archívese.
Anexo I
Manual de procedimiento y requisitos adicionales para el otorgamiento de permisos, autorizaciones y habilitaciones"
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