Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº27/18

Resolución Nº 27/18

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/02/2018

VISTO lo expuesto precedentemente, y lo dispuesto en el Artículo 110º del Convenio Colectivo de Trabajo y el Escalafón Municipal, en el Artículo 3º de la Resolución Nº11-0003/2018 y lo informado por el Departamento Administración de Personal a fojas 95 respecto de algunos errores involuntarios acaecidos en el mismo acto; y

CONSIDERANDO

Que esta Administración encuentra necesario dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 110º del Convenio Colectivo de TrabajoEl agente que permaneciere en la misma categoría durante tres (3) años o 3 años y fracción en forma continua, ascenderá automáticamente de letra siguiendo el orden escalafonario vigente o el que en el futuro se instaure. Dicho ascenso estará supeditado a la falta de informe negativo que realice su superior. Además, a los fines de la procedencia del presente deberá evaluarse: a) Presentismo del 80% en el último año calendario que corresponda a su ascenso. a) Falta de sanciones disciplinarias superiores a los 10 días de suspensión las que interrumpirán el plazo para su otorgamiento. Plazo que comenzará a computarse nuevamente a partir del cumplimiento de la sanción impuesta. b) Falta de sanciones disciplinarias inferiores a los 10 días de suspensión, las que suspenderán por el plazo de un año el ascenso aquí establecido, transcurrido el cual debe nuevamente ser evaluado la aplicación del presente si se dan las circunstancias. El derecho al ascenso se computará al 31 de Junio y al 31de diciembre de cada año, fechas determinadas para conceder este beneficio independientemente del día y mes en que efectivamente se cumpla individualmente para cada Agente los tres (3) años señalados.”

Que a todos aquellos agentes que cumplan con lo anteriormente dispuesto y que revistan en la Planta Permanente o Temporaria, les ha de corresponder la adecuación en el grado inmediato superior si han mantenido la misma categoría por tres (3) años o más al 31 de diciembre del año 2017, a excepción de todos los agentes designados en el Agrupamiento Superior y Jerárquico;

Que en la Resolución Nº11-0003/2018 de fecha 3 de enero de 2018 se omitió involuntariamente incluir a los agentes Federico Lorenzo ANSELMI, legajo Nº12260, Carolina HIRSCH, legajo Nº13364 y María Soledad SAAVEDRA, legajo Nº13568, tal lo expresado de fojas 85 a 94;

En virtud de lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades conferidas,

RESUELVE

ARTICULO 1º)- Exclúyase de los alcances del Artículo 1º Anexo I de la Resolución Nº11-0003/18 de fecha 3 de enero de 2018, a los agentes María Victoria IZQUIERDO, legajo Nº14655 y Nicolás Eduardo ASSAD, legajo Nº14665, por revestir en forma interina la categoría 05/3B, no correspondiendo constar en el Articulo de categoría efectiva.-

ARTICULO 2º)- Inclúyase dentro de los alcances del Artículo 2º Anexo II de la Resolución Nº11-0003/18 de fecha 3 de enero de 2018, a los agentes María Victoria IZQUIERDO, legajo Nº14655 y Nicolás Eduardo ASSAD, legajo Nº14665, por revestir en forma interina la categoría 05/3B.-

ARTICULO 3º)- Exclúyase de los alcances de la Resolución Nº11-0003/18 de fecha 3 de enero de 2018, a los agentes Maximiliano Alberto ARIAS, legajo Nº15470 y Leandro Emanuel CONTRERAS JARA, legajo Nº14072, por no cumplir con el requisito de revestir igual categoría durante tres (3) o más años hasta el 31 de diciembre del año 2017.-

ARTICULO 4º)- Exclúyase de los alcances de la Resolución Nº11-0003/18 de fecha 3 de enero de 2018, a los agentes Mauro Miguel GIMENEZ, legajo Nº15526, por hallarse de baja al momento de la vigencia del acto administrativo en cuestión.-

ARTICULO 5º)- Desígnase en categoría efectiva 04/1B al agente Federico Lorenzo ANSELMI, legajo Nº12260, dependiente del Departamento Saneamiento Ambiental, que revistiera en carácter de personal en Planta Permanente y haya mantenido la misma categoría por tres (3) años o más al 31 de diciembre del año 2017; a partir del día 1º de enero de 2018.-

ARTICULO 6º)- Desígnanse en categoría interina 10/1B a las agentes Carolina HIRSCH, legajo Nº13364 y María Soledad SAAVEDRA, legajo Nº13568, dependientes del Área Programática X y Área Programática II sucesivamente; que revistieran en carácter de personal en Planta Permanente y que revistieran con igual categoría durante tres (3) o más años hasta el 31 de diciembre del año 2017; a partir del día 1º de enero de 2018.-

ARTICULO 7º)- Dejase constancia que será responsabilidad de los despachos administrativos de las Secretarias municipales cursar la correspondiente notificación del presente acto administrativo a todas las dependencias que funcionan bajo su órbita.-

ARTICULO 8º)- Dejase constancia que los agentes designados en los Artículos 3º y 4º del presente acto administrativo mantendrán la jornada horaria semanal habitual, la condición de adscripción y las Bonificaciones/o Adicionales por función que vienen percibiendo hasta tanto la desempeñen, para aquellos agentes alcanzados por tal condición.-

ARTICULO 9°)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicciones 1110104000 y 1110107000, Categoría Programática 01.01, 01.00, Gasto 1.1.1.4.-

ARTICULO 10º)- Cúmplase, tomen nota Subdirección de Capital Humano, Departamento de Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General, la totalidad de las Secretarías municipales, Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca, dese al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-